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Legislación NacionalCOMUNIDADES INDIGENAS Ley 26.894 Ley 26.160. Prórroga. Sancionada: Septiembre 25 de 2013 Promulgada de Hecho: Octubre 16 de 2013 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1° — Prorróganse losplazos establecidos en los artículos 1°, 2° y 3° de la ley 26.160,prorrogados por ley 26.554, hasta el 23 de noviembre de 2017. ARTICULO 2° — El PoderEjecutivo nacional asignará las partidas necesarias para atender elFondo Especial creado en el artículo 4° de la ley 26.160, que seprorroga por la presente. ARTICULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, ALOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE. — REGISTRADO BAJO EL Nº 26.894 — AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Gervasio Bozzano. — Juan H. Estrada. |