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Legislación Nacional


 

COMUNIDADES INDIGENAS

Ley 26.894

Ley 26.160. Prórroga.

Sancionada: Septiembre 25 de 2013

Promulgada de Hecho: Octubre 16 de 2013

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

ARTICULO 1° — Prorróganse losplazos establecidos en los artí­culos 1°, 2° y 3° de la ley 26.160,prorrogados por ley 26.554, hasta el 23 de noviembre de 2017.

ARTICULO 2° — El PoderEjecutivo nacional asignará las partidas necesarias para atender elFondo Especial creado en el artí­culo 4° de la ley 26.160, que seprorroga por la presente.

ARTICULO 3° — Comuní­quese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, ALOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL TRECE.

— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.894 —

AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Gervasio Bozzano. — Juan H. Estrada.