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PERSONAL MILITAR

Ley 26.916

Autorí­zase la entrada de tropas extranjeras al territorio nacional y la salida de fuerzas nacionales.

Sancionada: Noviembre 27 de 2013

Promulgada: Diciembre 16 de 2013

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley

ARTICULO 1° — Autorí­zase laentrada de tropas extranjeras al territorio nacional y la salida fuerade él de fuerzas nacionales, según corresponda, para que participen delprograma de ejercitaciones combinadas desde el 1° de septiembre de 2013hasta el 31 de agosto de 2014, de acuerdo a la información detallada enlos Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV,XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI y XXII que forman parte integrantede la presente ley.

ARTICULO 2° — Comuní­quese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, ALOS VEINTISIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL TRECE.

— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.916 —

AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. —  Juan H. Estrada. — Gervasio Bozzano.
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NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en laedición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán serconsultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).