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LEY 15786

CONVENIOS INTERNACIONALES

MUJER

Convención sobre los Derechos Polí­ticos de la Mujer. Ratificación

sanc. 7/12/1960; promul. 21/12/1960; publ. 28/12/1960

El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso sanciona con fuerza de ley:

Art. 1.– Ratifí­case la Convención sobre los Derechos Polí­ticos de la Mujer, aprobada por la VII Asamblea General de las Naciones Unidas y suscrita por nuestro paí­s el 31 de marzo de 1953 con la siguiente reserva:

Al art. IX: El Gobierno argentino se reserva el derecho de no someter al procedimiento indicado en este artí­culo, cualquier controversia directa o indirectamente vinculada con los territorios que corresponden a la soberaní­a argentina.

Art. 2.– Comuní­quese al Poder Ejecutivo.

Guzmán - Monjardí­n - Maffei - González