|
This page was exported from Biblioteca Jurídica online para Abogados y Estudiantes de Derecho
[ https://biblioteca.todoelderecho.com.ar ] Export date: Fri Jul 10 5:34:25 2026 / +0000 GMT |
Legislación Nacionalvar disURL = '1284192/1286284/1478571/ly_17273.htm' ;document.write("");]]> LEY 17273 CONVENIOS INTERNACIONALES Japón Tratado de Amistad, Comercio y Navegación con Japón. Aprobación sanc. 09/05/1967; promul. 09/05/1967; publ. 18/05/1967 En uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto de la Revolución Argentina, El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley: Art. 1.– Apruébese el “Tratado de Amistad, Comercio y Navegación” suscripto en la ciudad de Tokio el 20 de diciembre de 1961, entre la República Argentina y el Japón. Art. 2.– Comuníquese, etc. Onganía - Costa Méndez |