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LEY 19114 MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES VIVIENDA Comisión Municipal de la Vivienda. Directorio. Integración. Modificación sanc. 7/7/1971; promul. 7/7/1971; publ. 14/7/1971 En uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto de la Revolución Argentina, El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley: Art. 1.– Sustitúyese el art. 10 de la ley 17174, por el siguiente: Art. 10.– La administración de la comisión estará a cargo de un directorio presidido por el intendente municipal de la Ciudad de Buenos Aires e integrado con carácter honorario, por todos los secretarios del Departamento Ejecutivo. Art. 2.– Comuníquese, etc. Lanusse – Mor Roig |