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Legislación Nacional


LEY 19918

TURISMO

Convenio Internacional sobre Contratos de Viaje. Adhesión de la República Argentina. Autorización

sanc. 31/10/1972; promul. 31/10/1972; publ. 8/11/1972

En uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto de la Revolución Argentina,

El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley:

Art. 1.– Autorí­zase la adhesión de la República Argentina al “Convenio internacional sobre contratos de viaje”, concluido en Bruselas el 23 de abril de 1970.

Art. 2.– Comuní­quese, etc.

Lanusse – Mc Loughlin