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Legislación Nacional


29/04/2004



LEY 22655

FERIADOS Y DÍAS NO LABORABLES

Determinación. 12 de octubre. Inclusión

sanc. 8/10/1982; promul. 8/10/1982; publ. 11/10/1982

El presidente de la Nación Argentina sanciona con fuerza de ley:

Art. 1.– Sustitúyese el art. 1 de la ley 21329, por el siguiente, con vigencia a partir de la fecha de promulgación de la presente ley:

Art. 1.– Establécense como dí­as feriados y no laborables en todo el territorio de la Nación los siguientes:

Feriados nacionales

– 1 de enero.

– Viernes Santo.

– 1 de mayo.

– 25 de mayo.

– 20 de junio.

– 9 de julio.

– 17 de agosto.

– 12 de octubre.

– 25 de diciembre.

No laborables

– Jueves santo.

– 8 de diciembre.

Art. 2.– Comuní­quese, etc.

Bignone – Reston – Villaveirán