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Legislación Nacional29/04/2004 LEY 22655 FERIADOS Y DÍAS NO LABORABLES Determinación. 12 de octubre. Inclusión sanc. 8/10/1982; promul. 8/10/1982; publ. 11/10/1982 El presidente de la Nación Argentina sanciona con fuerza de ley: Art. 1.– Sustitúyese el art. 1 de la ley 21329, por el siguiente, con vigencia a partir de la fecha de promulgación de la presente ley: Art. 1.– Establécense como días feriados y no laborables en todo el territorio de la Nación los siguientes: Feriados nacionales – 1 de enero. – Viernes Santo. – 1 de mayo. – 25 de mayo. – 20 de junio. – 9 de julio. – 17 de agosto. – 12 de octubre. – 25 de diciembre. No laborables – Jueves santo. – 8 de diciembre. Art. 2.– Comuníquese, etc. Bignone – Reston – Villaveirán |