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Legislación NacionalEl presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley: Art. 1.– Sustitúyese el art. 3 del Código de Procedimientos en Materia Penal por el siguiente: Art. 30.- Conocerán en segunda y última instancia de los recursos interpuestos contra las resoluciones contravencionales de la Policía Federal Argentina. Art. 2.– La presente ley regirá a partir del día de su publicación en el B.O. Art. 3.– Comuníquese, etc. Bignone - Lennon - Reston |