This page was exported from Biblioteca Jurí­dica online para Abogados y Estudiantes de Derecho [ https://biblioteca.todoelderecho.com.ar ] Export date:Wed Jul 22 3:27:46 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Legislación Nacional --------------------------------------------------- LEY 24204 TELECOMUNICACIONES Servicio de telefoní­a pública para personas hipoacúsicas o con impedimento del habla sanc. 19/5/5/1993; promul de hecho 17/6/1993; publ. 23/6/1993 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de ley: Art. 1.- Las empresas telefónicas deberán proveer un servicio de telefoní­a pública que permita a las personas hipoacúsicas o con impedimento del habla, hacer uso de tal servicio. Art. 2.- Las caracterí­sticas técnicas de los aparatos por instalarse así­ como su número, distribución y ubicación en lugar público, será acordado entre las empresas y la Subsecretarí­a de Comunicaciones de la Nación, en un plazo no mayor de 180 dí­as de promulgada la ley. Art. 3.- Las empresas telefónicas contemplarán la posibilidad de que el costo a cargo de los usuarios de este sistema, sea equivalente al de las llamadas efectuadas mediante teléfonos públicos convencionales. Art. 4.- Comuní­quese al Poder Ejecutivo. PIERRI - MENEM - PEREYRA ARANDÍA DE PÉREZ PARDO - PIUZZI.   --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 0020-00-09 20:31:16 Post date GMT: 0020-00-09 20:31:16 Post modified date: 0020-00-09 20:31:16 Post modified date GMT: 0020-00-09 20:31:16 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com