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Legislación Nacional


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LEY 25147

INMUEBLES

Inmuebles ubicados en la Ciudad de Buenos Aires. Concesión de uso a la Fundación Memoria del Holocausto

sanc. 04/08/1999; promul. 08/09/1999; publ. 14/09/1999

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de ley:

Art. 1.– Facúltase al Poder Ejecutivo Nacional para que conceda en uso, a la Fundación Memoria del Holocausto por el término de noventa (90) años, los inmuebles ubicados en las calles Montevideo n. 917/19/23 y Paraguay n. 1565 de la Ciudad de Buenos Aires, designados catastralmente como Circunscripción 20, Sección 7, Manzana 28, Parcela 25 y Circunscripción 20, Sección 7, Manzana 28, Parcela 32, cuyos dominios a nombre del Estado Nacional obran inscriptos en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal dependiente de la Subsecretarí­a de Justicia de la Secretarí­a de Justicia del Ministerio de Justicia en las Matrí­culas FR 20-2424 y FR 20-2429, respectivamente.

Art. 2.– La concesión a que se refiere el artí­oculo anterior se realiza con cargo a destinar los inmuebles al funcionamiento del Museo del Holocausto y de las oficinas de la Fundación Memoria del Holocausto.

Art. 3.– Establécese que la Fundación Memoria del Holocausto en ningún modo podrá podrá limitar o restringir el acceso y uso por parte de la Empresa Distribuidora Sur Sociedad Anónima, del centro de transformación que se halla emplazado en el inmueble ubicado en la calle Montevideo n. 917/19/23 de la Ciudad de Buenos Aires, teniendo en cuenta que el mismo se encuentra afectado a una servidumbre administrativa de electroducto en los términos de la ley 19552 y sus modificatorias.

Art. 4.– Comuní­quese, etc.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los cuatro dí­as del mes de agosto del año mil novecientos noventa y nueve.

Pierre - Ruckauf - de Pérez Pardo - Oyarzún