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Legislación Nacional


10/06/2003



LEY 25737

VIVIENDA

Ejecuciones que tengan por objeto la vivienda única. Suspensión. Plazo. Excepciones

sanc. 8/5/2003; promul. 2/6/2003; publ. 3/6/2003

El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso sancionan con fuerza de ley:

Art. 1.– Quedan suspendidas por el plazo de noventa (90) dí­as las ejecuciones que tengan por objeto la vivienda única, sea cual fuere el origen de la obligación.

Exceptúanse de esta disposición los créditos de naturaleza alimentaria, los derivados de la responsabilidad por comisión de delitos penales, créditos laborales y los causados en la responsabilidad civil.

Art. 2.– Comuní­quese al Poder Ejecutivo nacional.

Camaño – Gioja – Rollano – Oyarzún