«Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos»
El presidente Milei ha presentado ante el Congreso el Proyecto de Ley Ómnibus, titulado «Proyecto de Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos». Este proyecto, que consta de 664 artículos, aborda diversas reformas del Estado y otorga amplias delegaciones legislativas al presidente en asuntos económicos, fiscales y sociales. Además, busca la privatización de empresas públicas, la modificación de numerosas leyes y la ratificación del controvertido «mega DNU».
Este proyecto ha sido enviado en respuesta a la situación económica y social crítica que enfrenta nuestro país. A continuación, presentaré un resumen de los puntos más relevantes del articulado:
El artículo 8° del proyecto establece la declaración de «sujeta a privatización» de 42 empresas públicas, incluyendo YPF, ARSAT, Banco Nación, TANDANOR, TELAM, Ferrocarriles y ENARSA, entre otras.
En las «Disposiciones Finales» del proyecto, el artículo 654 propone ratificar el Decreto de Necesidad y Urgencia N°70/2023, emitido recientemente por el Poder Ejecutivo Nacional y que aún no ha entrado en vigencia.
A partir del artículo 451 y siguientes, el proyecto también busca eliminar las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (P.A.S.O.).
El artículo 525 establece que la capacitación en género de la Ley Micaela solo será obligatoria para empleados públicos que trabajen en organismos competentes en la materia.
Se propone la creación de un régimen de regularización de activos, mediante el cual se permitirá el blanqueo de capitales y la extinción de obligaciones tributarias, civiles y penales, a través del pago de un impuesto especial de regularización. Este régimen tendría como fecha límite el 30 de noviembre de 2024.
En el ámbito penal, se incluyen las siguientes modificaciones:
Se introducen dos nuevos tipos penales relacionados con manifestaciones en vías públicas. El primero penaliza a aquellos que obstaculicen la circulación o los medios de transporte público portando un arma, con penas de 2 a 4 años de prisión. Si la persona dirige u organiza la manifestación, la pena máxima se eleva a 5 años de prisión. El segundo tipo penal establece penas de prisión de 3 a 6 años para aquellos que, mediante intimidación o simulando autoridad, obliguen a otros a asistir, permanecer o alejarse de una movilización o protesta.
Las penas por atentado y resistencia contra la autoridad se incrementan de 1 mes a 1 año a penas de 1 año a 3 años y 6 meses de prisión.
Se modifican los requisitos para la legítima defensa, permitiendo la defensa no solo en el hogar, sino también en el lugar de trabajo. Además, se establecen nuevas causales que permiten la legítima defensa en casos de agresión inminente basándose en diferencias de edad, contextura física, experiencia en riñas o el número de agresores.
En el ámbito de la justicia, se proponen las siguientes novedades:
Se crea un nuevo régimen para los procesos sucesorios no contenciosos, permitiendo a los sucesores y al cónyuge optar por tramitar los procesos sucesorios ante órganos judiciales o ante escribanos públicos en casos sin controversia y cuando todos los involucrados sean capaces.
Se establece la posibilidad de disolver el vínculo conyugal a través de una comunicación conjunta presentada ante el órgano administrativo del último domicilio conyugal, con efectos equivalentes a un divorcio.
En el artículo 439, se obliga al Poder Ejecutivo Nacional a impulsar los actos necesarios para transferir la Justicia Nacional a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en un plazo máximo de tres años.
Estos son los aspectos más resaltantes del Proyecto de Ley Ómnibus presentado por el presidente Milei. Es importante tener en cuenta que este proyecto aún debe ser discutido y analizado en el Congreso antes de su eventual aprobación.