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MANDAMIENTO INTIMACION DE PAGO,
MANDAMIENTO INTIMACION DE PAGO,
EMBARGO y CITACION DE REMATE
El Oficial de Justicia de la zona que corresponda se constituirá en el domicilio de …………………………………………………..., calle ………………………………………………………………………………………….., de la Capital Federal, y le intimará dé y pague en el acto la suma de pesos …………………………………………………………………….., con más la de ………………………………….., fijada provisoriamente para responder a intereses y costas, que le reclama ……………………………………………………..Reclamado por ……………………………… en autos caratulados: «…………………………………………………………………………………………………………» que tramitan por ante este Juzgado…………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..
El auto que así lo ordena es del siguiente tenor:
(COPIAR RESOLUCION PERTINENTE)
En caso de que el referido no verificase el pago, procederá a trabar embargo suficiente en bienes de su pertenencia o los que como tales se denuncien por los Dres. ……………………………………………………………………………………………………..Autorizados a realizar el embargo……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………..en forma indistinta.
Le hará saber igualmente que:
a) Debe manifestar si los bienes afectados a este embargo se encuentran a su vez embargados o prendados o reconocen otro gravamen y en su caso, por órden de qué juez y en qué expediente, indicando nombre y domicilio de los acreedores, bajo apercibimiento de ley, y si no se hallare presente el dueño de los bienes, queda notificado que debe formular dicha manifestación dentro del plazo fijado para oponer excepciones (art.529 inc. 3 CPCC.).
b) Debe abstenerse de cualquier otro acto respecto de los bienes objeto de embargo bajo apercibimiento de sanciones penales (Art. 214 CP).
c) Debe constituir domicilio dentro del radio del Juzgado bajo apercibimiento de tenerle por constituido en los Estrados del mismo (art.41 y 540 CP) y
d) QUEDA CITADO DE REMATE: para que oponga excepciones dentro de cinco días, bajo apercibimiento de mandarse llevar la ejecución adelante, por el capital reclamado, intereses y costas (art. 540 y 542 Cód. Proc).
Queda autorizado el Oficial de Justicia para hacer uso de la fuerza pública y allanar domicilios si fuere menester (art. 214 CP).
SE ACOMPAÑAN LAS SIGUIENTES COPIAS …………………………………………………………………………………..firmadas y selladas y de cuya entrega se dejará constancia en el acto de la diligencia.
DADO, Sellado y Firmado en la ciudad de …………………………………………………., (DIA- MES-AÑO)
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