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MANDAMIENTO DE EMBARGO.

 

 

 

El oficial de Justicia de la Zona quecorresponda se constituirá en la calle:

DOMICILIO: (domiciliodel intimado; dirección, piso, departamento)

 de la Ciudad de Buenos Aires, y procederá a TRABAR EMBARGO sobre los bienes del demandadoque de seguido se identifica:

PERSONA A LA QUE SEEMBARGA: (Nombre y apellido del embargado; de conocerlo,número de documento de identidad);

Hasta cubrir el importe que se indica acontinuación:

MONTO: Pesos enletras y ( $ en números), con más la suma de Pesos (en letras) ($ en números) que se presupuestan para responder a interesesy costas;

que le reclama la actora en el expediente:

CARÁTULA DE LACAUSA: (Carátula completa y N de expte. de serposible)

que tramita por ante el Juzgado Nacional dePrimera Instancia en lo Comercial Nº (número Juzgado), Secretarí­a Nº (número Secretarí­a), con asiento en (domiciliodel Juzgado) de la Ciudad deBuenos Aires.

REQUERIMIENTO ALEMBARGADO: Se le hará saber asimismo que: a) debe manifestar si los bienes afectadosa este embargo se encuentran a su vez embargados o prendados o reconocen otrogravamen y en su caso, por orden de que Juez y en que expediente, indicandonombre y domicilio de los acreedores, bajo apercibimiento de ley. Si no sehallare presente el dueño de los bienes, queda notificado que debe formulardicha manifestación dentro del plazo de cinco dí­as; b) debe abstenerse de cualquier otro acto respecto de los bienesobjeto de embargo bajo apercibimiento de sanciones penales (art. 214 del CPCC).

DEPOSITARIO: Se harásaber al depositario de los bienes que sean objeto de eventual embargo, quedeberá ponerlos a disposición del Juzgado dentro del dí­a siguiente a serintimado a hacerlo, sin poder invocar el derecho de retención. En caso deincumplimiento, será denunciado penalmente (art. 217 del CPCC).

PROVIDENCIA QUE ORDENA LA MEDIDA: (transcribir auto e indicar nombre del juez, fecha y, de conocerse,fojas).

AUTORIZADOS: (nombres autorizados).

El oficial de Justicia está facultado arequerir el auxilio de la fuerza pública y a allanar domicilio en caso deresistencia.

Dado, sellado y firmado en la Ciudad de BuenosAires, a los        de        de 2003.