Honorarios. Pautas de regulación
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En el marco de un juicio ordinario, son apelados los honorarios de los profesionales intervinientes en la causa.
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Buenos Aires, 21 de diciembre de 2017.
En atención a la naturaleza, importancia y extensión de las labores realizadas en autos y con base en el monto del proceso, elévanse los honorarios regulados en fs. 534 a $ 18.100 (pesos dieciocho mil cien) para la perito contadora, S. A. M.; y a $ 7.800 (pesos siete mil ochocientos) para la mediadora, E. E. G. (Dec. Ley 16.638/57, art. 3 y Dec. N° 2536/2015).
En virtud de lo supra decidido deviene de abstracto tratamiento el recurso interpuesto en fs. 587. Lo que asà se decide.
Cúmplase con la comunicación ordenada por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación (Ley 26.856 y Acordadas 15/13 y 24/13).
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Gerardo G. Vassallo
Juan R. Garibotto
Pablo D. Heredia
Julio Federico Passarón
Secretario de Cámara
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024266E