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DECRETO 2908/1976
CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO
Negociación colectiva. Procedimiento
REMUNERACIONES
Sector privado. Remuneraciones básicas. Determinación. Noviembre de 1976
del 19/11/1976; publ. 23/11/1976
Considerando:
Que resulta conveniente estructurar una política de ingresos que encuentre sustento en las remuneraciones básicas de las convenciones colectivas de trabajo, sistema que posibilitará la determinación de los niveles salariales y su oportuna adecuación.
Que el Proceso de Reorganización Nacional ha de cumplirse en el ámbito laboral privado logrando en forma progresiva una razonable equivalencia entre las remuneraciones de las diversas actividades económicas del país, que respetando sus naturales diferencias, corrija las distorsiones que actualmente se observan.
Que la medida que se dispone importa la primera etapa de una recomposición salarial que beneficiará, principalmente, a los trabajadores del sector privado que han quedado rezagados en sus escalas remunerativas.
Que aunque el objetivo enunciado no puede ser alcanzado en una sola instancia, corresponde realizar una primera aproximación hacia niveles relativos más razonables.
Que en esta primera etapa es conveniente limitar la recomposición a los niveles generales de los salarios básicos de los distintos convenios del sector privado, reservándose para otras oportunidades la recomposición entre las categorías de un mismo convenio y la referente a los diversos y variados adicionales que las convenciones prevén.
Que, salvo excepciones, la situación de los organismos y empresas del Estado sometidos al régimen de convenciones colectivas de trabajo debe ser objeto de tratamiento específico por separado, pues tanto las particularidades de las mismas como la situación de tesorería por la que atraviesa la Nación obligan a una solución distinta, acorde tanto con aquellas modalidades como con las disponibilidades monetarias.
Que es indispensable continuar en el futuro, el trabajo de reordenamiento iniciado para esta recomposición sectorial, a la par que establecer un mecanismo ágil que solucione las eventuales omisiones y los errores materiales que comprueben.
Por ello,
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