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LEY 21897
CONVENIOS INTERNACIONALES
Convenios Multilaterales
BUQUES
NAVEGACIÓN
Convenio Internacional sobre Arqueo de Buques, 1969. Aprobación
sanc. 30/10/1978; promul. 30/10/1978; publ. 7/11/1978
En uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,
El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley:
Art. 1.– Apruébase el “Convenio Internacional sobre Arqueo de Buques”, suscripto en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, el día 23 de junio de 1969, cuyo texto conformado por el Cuerpo Principal, anexos I y II y apéndices 1 y 2, forma parte de la presente ley.
Art. 2.– Comuníquese, etc.
Videla – Montes – Martínez de Hoz
Anexo
CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE ARQUEO DE BUQUES, 1969
Los Gobiernos contratantes,
Deseando establecer principios y reglas uniformes en lo que respecta a la determinación del arqueo de los buques que realizan viajes internacionales,
Considerando que el mejor medio para alcanzar estos fines es concertar un convenio,Han convenido lo siguiente:
Art. 1.- Obligación general con arreglo a los términos del convenio.
Los Gobiernos contratantes se comprometen a poner en vigor las disposiciones del presente convenio así como sus anexos, que forman parte integrante del presente convenio. Toda referencia al presente convenio constituye al mismo tiempo una referencia a los citados anexos.
Art. 2.- Definiciones.
Para la aplicación del presente convenio, salvo cuando expresamente se diga lo contrario:
1) El término “reglamento” significa el conjunto de reglas que figuran en el anexo del presente convenio;
2) El término “Administración” significa el Gobierno del Estado en el que está abanderado el buque;
3) El término “viaje internacional” se refiere a cualquier viaje por mar entre un país al que se aplica el presente convenio y un puerto situado fuera de ese país, o inversamente. A este respecto, todo territorio de cuyas relaciones internacionales sea responsable un Gobierno contratante o cuya administración lleven las Naciones Unidas, se considerará como un país distinto;
4) “Arqueo bruto” es la expresión del tamaño total de un buque, determinadaPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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