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Este Contrato de Cesión de Cobro de Crédito puede ser utilizado por una o más personas o entidades que son acreedoras de un crédito para ceder únicamente sus derechos de cobro a otra persona o entidad por un precio a pagar en Pesos, Dólares Estadounidenses, Euros o Reales sin necesidad de obtener la autorización del deudor del crédito cumpliendo los requisitos del Código Civil y Comercial de la Nación.

Derechos de Cobro

Los derechos de cobro de todo tipo de crédito pueden ser cedidos si se dan las siguientes condiciones:

  • el crédito fue dado según la ley argentina.