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Hechos nuevos en incidente de subasta.

 

NUEVOS HECHOS – DEFENSA EN JUICIO – CASO FEDERAL Y OTROS.

 

Señor Juez:…. , por…. , constituyendo domicilio legalen…. , en los autos «…», s/Incidente de subasta promovido por…., a V.S. me presento y digo: Que a mérito del instrumento de poder queacompaño, me presento por la ejecutada, a tomar la intervención por ella, queen Derecho corresponda.

 

Nuevos hechos: Se han dado respecto de estas actuacionesnuevos y graví­simos hechos que obligan a encuadrar el resumen de las cuestionesy formular urgentes peticiones para poner coto a los excesos perjudiciales.

 

a) Mi parte ha localizado la causa de secuestro de losbienes ejecutados, «… c/….  s/Secuestro de bienes» que bajo el Nº…. tramita por ante el Juzgado…. de…. , esa actuación aparentemente preventiva ha resultado denaturaleza ejecutiva puesto que ha desapoderado bienes y así­ pasa aconstituirse en una etapa de la ejecución prendaria, que burla vuestrajurisdicción por que no se ha sustanciado ante V.S. y viola lo dispuesto por elart. 22, inc. 2º, LC, texto según ley 22.917, y también el inc. 1º de la mismanorma que impide proseguir cualesquiera ejecuciones contra el concurso sin elprevio pedido de verificación del crédito respectivo.

 

b) Al compulsar dicha causa mi parte ha descubierto que esteoficio librado por….  pidiendocertificado del contrato prendario se ha expedido como tal, una certificaciónque realmente encierra o comprende la «fotocopia de una fotocopia» yno la fotocopia del original. Al compulsar ahora estos actos, dichacertificación «de fotocopia» aparece a Fs…..  del presente, glosada como contestación aloficio por la ejecutante, como si fuera fotocopia del mencionado original.

 

c) La actora de este incidente pretende repetidamente que seestá manejando con originales y fue intimada a presentar el original de unconvenio de refinanciación que ella misma reconoció que existe y que de existirviene a tratar y desnaturalizar toda esta ejecución: consta en el certificadodel actuario de Fs…..  que dichooriginal no existe en la caja fuerte del juzgado contrariamente a lo que habí­amanifestado la actora, y consta a Fs….. que dicha actora, intimada por V.S. para la presentación de esedocumento ha caí­do en desobediencia y no ha traí­do la instrumentaciónrespectiva.

 

d) La actora tiene expresamente reconocido en estasactuaciones que existe una refinanciación, tan es así­ que a Fs…..  agrega una supuesta fotocopia del mismo perono un original que le permita ejecutar (art. 6º decr. 348/46, rat. ley962 <T.O. decr. 897/95>) y se encuentra sometida a vuestrajurisdicción Fs…..  del concurso einiciales de este incidente, e implí­citamente Fs….. , por ejemplo y sinembargo está amenazando por hacerse supuesta justicia por mano propia (Fs…..), lo que implica además de un peligro, un alzamiento que puede llegar aconstituir delito en grado de tentativa.

 

2. Dual posición de la ejecutante: La ejecutante exhibe unaactitud dual civilmente punible (art. 45 CPCCN), tanto en cuanto a la potestadde V.S. en esta cuestión, como en cuanto al titulo que ejercita, dice opretende ejercitar. Se somete a la CSN solicitando decisiones sobre el fondo dela cuestión (v. gr., Fs…..  y por otraparte dice que va a rematar por sí­ (mismos Fs…..  y ver Fs…..  delconcurso). Invoca y esgrime instrumentos (según ella la prenda), pero reconoceque esta no está vigente sino una refinanciación no inscripta que no permiteejecutar como prenda) (v. gr., adjunción Fs….. ); al propio tiempo se refierea instrumentos originales (Fs….. , por ej.) y no los tiene, ni Los acompaña,aunque pretende acompañarlos o hace que se los certifique como existentes (verFs…..  y nuestra denuncia, ap. b),cap. 1 de este escrito). Se trata pues de una posición decididamente temerariay maliciosa.

 

Posición de la concursada: Desde el primer momento (verFs…..  y el propio precedente de lafoja…. , entre otras), la ejecutada ha planteado la insuficiencia, de loselementos agregados por la ejecutante, la insuficiencia de las relaciones delos hechos de la misma, la existencia de refinanciaciones (que viene a sernovación), la nulidad de la actividad de la supuesta acreedora y el cese detodo efecto de las tramitaciones extrajudiciales/judiciales de la contraria.Pero ahora se han sumado hechos que penetran, incluso, en el ilí­cito, y que nopueden quedar por sus respectivas í­ndoles, silenciados, y que V.S. debeconocer.

 

Posición de la sindicatura: En todo el curso de estaactuación, el sindico del concurso se ha opuesto a la ejecución, ha ejercitadoargumentos esenciales basados en disposiciones legales perfectamente vigentes,ha puntualizado la inexistencia de un tí­tulo ejecutorio u original que permiteseguir con los actos judiciales/extrajudiciales de la ejecución prendaria, haseñalado las carencias de verificación del crédito esgrimido, y no ha cedido unápice en consentir el avance de actuaciones del tipo de las emprendidas por elBanco (ver hasta Fs…..  del incidente,por ej., Fs….. , con incluso un pedido de nulidad).

 

5. Sometimiento a nuestra jurisdicción: Los pedidos deFs…..  efectuados por….  implican el sometimiento a vuestrajurisdicción y a vuestra decisión (arts. 1145 y 1146 CCRA), malogrado lamanifestación de «justicia por propia mano» de Fs…..  Por eso mi parte cree que lasmanifestaciones de exceso sobre que…. subastará por su cuenta o a su antojo los bienes secuestrados por abuso,sobrepasan la mera responsabil
idad civil de los manifestantes o representadaobligada.

 

6. Atracción del concurso: A juicio de mi defendido se estáescamoteando la jurisdicción natural sobre el concurso y sobre los procesoscontra el mismo, mientras no se sustancien ante V.S. todos los juicios queexisten contra…. , y en ese caso se encuentra el de secuestro mencionado enel cap. 1, ap. a), de este escrito, que V.S. deberá resolver que pase a conocimientode V.S. con cese de toda jurisdicción del Juzgado….  (ver c), cap. 1, este escrito), donde se encuentra y en el que sesecuestraron las máquinas de la concursada extrayéndolas de su natural lugar defuncionamiento y privando a la empresa de ellos y a deudores y acreedores de suproducido para un mejor resultado final. Esta solicitud se funda en lodispuesto por el art. 22 LC, inc. 2. Pido, así­, que V.S. se avoque alconocimiento de dicha causa y declare su competencia en la misma con exclusiónde cualesquiera otros magistrados.

 

7. Abuso del derecho y daño intelectual: Me piden misprincipales deje sentido que el Banco ha actuado y está actuando con abuso delderecho repugnante al art. 1071 CCRA y produciendo un daño intencional querecae finalmente sobre el con curso y sobre los demás acreedores, porque seestá privando a la empresa concursada de usar su maquinaria para el incrementode su natural actividad fabril. Con el agregado que no es costumbre de losbancos supuestamente acreedores, sí­ del…. aquí­ ejecutante, privar a los presuntos deudores prendarios o no de susinstrumentos de trabajo. De esta cuestión debo hacer entonces mención paramejor conocimiento de V.S. y en orden a la reserva que se formula en lostérminos del art. 1112 y conc. del CCRA, respecto de intervinientes,participantes y consejeros o cómplices (art. 1081, í­d. Cód.).

 

8. Nulidad procesal y sustantiva: En primer lugar aparecenula la actuación «cabeza» de actuación realizada en otra instancia ytambién una ejecución prendaria seguida sin tí­tulo original, como ya está enautos planteado por concursado y sí­ndico. En segundo lugar, existe una nulidadsustantiva de la obligación ejecutada, del supuesto crédito, ya que elaccesorio (prenda) desaparece si desaparece el principal (crédito) y tal ocurreen los supuestos de novación (v. gr., el caso, al reconocerse unarefinanciación arts. 801, 707 y ss. CCRA, ver Fs….. , por ej.). Se estáejecutando lo reconocidamente inexistente. Pero lo más grave, indispensableaquí­ de merituar, es que sin prenda no pudo haber desapoderamiento, niejecución por esta ví­a, y mucho menos, amenaza de subasta.

 

9. Novación y espera: Las nuevas normas prendarias ponen enel tapete si se puede subastar sin juicio una especie prendada, si esindispensable el proceso judicial y en todo caso, cómo deben coordinarse lasactuaciones. Pero la teorí­a de las obligaciones aceptada por nuestra leyregular CCRA, CCORA- asigna el carácter de excepción sustantiva a la novaciónque convierte una obligación en otra e implica una espera sobre la primera,producida por su desaparición; o sea que la relación obligacional primitivadecí­a de existir (en este caso cualquier contrato originario de mutuo y porarrastre, si tal para el caso existiese o no existiendo con mayor razón,desaparece la prenda u obligación prendaria, arts. 525 y conc. CCRA). Estotiene suma importancia en el caso presente, porque reconocido expresamente porla ejecutante que existe una refinanciación (otro contrato), está demásresultarí­a lí­rico seguir esta ejecución por o judicial o por actosextrajudiciales del presente acreedor, si ya no existe la relación jurí­dica quepudo hacer de aplicación la ejecución prendaria y la ley de prenda. Si en losprocedimientos ejecutivos regulares las exenciones sustantivas de novación nopueden ser desestimadas, tampoco puede ello ocurrir en la prendaria, a cuyoefecto serí­a asimismo inconstitucional el art. 30 del decreto 348/46, rat.ley 962 (T.O. decr. 897/95) si eliminase la novación, ya que ésta implica ausenciade causa fuente (razón u origen) y no podrí­a la norma local (art. 30, procesal,incluido en la ley de prenda <962>), pasar por sobre la ley sustantivaes que «no hay obligación sin causa» (art. 499 CCRA y arts. 31 y 75,inc. 12, de la CN94). En otras palabras, que si analizamos este caso a la luzde la inexistencia de la supuesta obligación en que se basó la supuesta prenda,no puede ejecutarse (acto procesal) lo que esencial o sustantivamente no existe(obligación de fondo ausente). De donde, por todos los caminos, llegamos a laconclusión de la nulidad absoluta y manifiesta del conato de ejecuciónprendaria del Banco (arts. 1047 y 1049 CCRA).

 

Ilí­citos penales: Mi representado entiende que en lasactuaciones judiciales y extrajudiciales a que se ha hecho referencia existenilí­citos de naturaleza penal por la estafa procesal que se habrí­a cometido, porla falsedad instrumental, por el daño intencional, por la desobediencia, por latentativa de estelionato e intimidación. Lo que resulte de estas causas que sesustanciarán contemporáneamente como resultado de la actual presentación de lamisma como querellante en la instancia respectiva, debe ser prueba a los finesde las presentes tramitaciones de sede comercial, a cuyos fines oportunamenteproporcionaré las sedes de tramitación respectiva y desde ya el o losexpedientes respectivos quedan aquí­ ofrecidos como prueba por oficio.

 

1 Defensa en juicio y caso federal: La actividaddesarrollada en autos por la ejecutante, tanto por lo que hizo como por lo queomitió y por las adjunciones instrumentales que responden a operaciones hoy novigentes como por la invocación de estos o documentos inexistentes o noagregado, no se sabe por qué, implican una ofensa a la garantí­a de la defensaen juicio dadas las ventajas que concede la ley de prenda para las prendasauténticas, y en ese sentido queda planteado que tal como la actora se ubica yfrente a las facultades judiciales que ejercitó (desapoderamiento) yextrajudiciales que pretende (subasta) todo ello implica grave ataque alderecho constitucional de la defensa en juicio y abre camino al planteamientofederal lo que queda ya hecho (arts. 18, 31 y 75 inc. 12 CN94 y 14 de la ley48).

 

Apropiación de fondos: Según me instruye mi clienteconforme a informaciones que he recibido, el Banco….  ha cobrado del BCRA los seguros de cambiocorrespondientes al convenio de refinanciación de deuda en moneda extranjeradel….  entre….  y Banco…. , hecho que también ha omitido osilenciado en esta ejecución e interesa doblemente como acto no lí­cito ni debuena fe, pretensión de percepción doble, prueba de la novac
ión; yresponsabilidades de distinta especie que pudieran corresponder. Este hecho noes parte de la querella presentada, porque serí­a previo quedará en autoscertificada su existencia, caracterí­sticas, fechas, intervinientes, sumas yresultados. Forma idónea de investigación de esta grave situación serí­a ellibramiento de oficio al BCRA para obtención del informe respectivo.

 

Astreintes: Respecto de la orden incumplida impartida alBanco para adjunción del original del convenio de refinanciación a que se aludeen estos autos y vista al resultado negativo (ver Fs….. , ver asimismo certificado.negativo de Fs….. ), sin perjuicio de las demás resultancias de esa conductaen los diversos órdenes, se solicita se fijen astreintes diarias en favor de miprincipal por cada dí­a de mora en su adjunción (art. 666 bis CCRA y art. 37CPCCN).

 

1 Malicia y temeridad: La conducta de la actora es puniblecon multa a favor de mi principal conforme al art. 45 del CPCCN, ya que seejecuta una prenda derogada, sin instrumento o contrato original, se adjuntancertificados falsos, se denuncian hechos falsos respecto a existencia o no deinstrumentos, se amenaza existiendo sumisión a la jurisdicción de V.S., sedesoyen las intimaciones de adjunción de instrumentación original, y se insisteen actuaciones nulas; además del supuesto doble. cobro por el reaseguro.

 

No innovar: Existe una situación que inhibe por ahora derealizar al respecto nuevas peticiones cautelares, cual es desistimiento a lajurisdicción de V.S. de la actora y la existencia de una suspensión que segúnnuestro criterio en su término no ha comenzado su curso por falta de adecuadanotificación. Esto vale también a los fines del art. 588, últ. parte, CCORA ytambién para sus respectivos de la ley represiva. Asimismo, a los fines de losarts. 230 del CPCCN y 1109 del CCRA. Robustece el conocimiento y la calidad dela situación que dejo planteada lo pedido por la contraria a Fs…..  y…. de estos actuados (ver, supra, cap. 5 de este escrito). De todas maneras,lo dicho implica una advertencia más al respecto.

 

PETITORIO:

 

1) Tenerme por parte, por presentado en el carácter invocadoy por constituido el nuevo domicilio legal indicado;

 

2). Tener presentes los hechos nuevos denunciados y lossometimientos a vuestra jurisdicción;

 

3) Atraer el juicio de secuestro seguido contra la concursadalibrando oficio al respecto;

 

4) Tener presente las nulidades y defensas opuestas con suscasos federales e inconstitucionales para su aceptación oportuna con costas;

 

5) Tener presente la prueba ofrecida y oportunamenterequerir por oficio «ad effectum videndi» los otros expedientesmencionados en este escrito a los fines de comprobar el estado y comprobacionesde esas respectivas actuaciones; oportunamente se denunciarán sedes deradicación de las acciones iniciadas contemporáneamente;

 

6) Requerir por oficio del BCRA, con carácter de urgentepues puede existir ilí­cito penal, el informe que se pide en el cap. 12 delpresente escrito;

 

7) Fijar «astreintes» diarias teniendo en cuentael monto del juicio y en favor de mi parte, por la inadjunción que da cuenta oresulta de Fs…..  de estos actuados;

 

8). En su momento aplicar en favor de mi parte sanciones pormalicia y temeridad de la contraria;

 

9) Tener presente todo lo demásexpuesto y no innovación, y proveer de acuerdo a lo solicitado lo demás pedido.SERA JUSTICIA.