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JURISPRUDENCIAAccidente de tránsito. Peatón embestido al cruzar una avenida
Se modifica el monto indemnizatorio y se confirma el resto de la sentencia, que hizo lugar parcialmente a la demanda, tendiente a obtener resarcimiento en virtud del accidente de tránsito ocurrido al ser embestido el accionante cuando se encontraba realizando el cruce de una avenida, por entender que existen elementos como para tener por configurada la responsabilidad de la parte emplazada quien no ha logrado desvirtuar la presunción que pesaba en su contra.
En la Ciudad de Buenos Aires, capital de la República Argentina, a los 13 días del mes de abril del año dos mil dieciocho, reunidos en acuerdo los señores jueces de la Sala «A» de la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, para conocer en los recursos de apelación interpuestos en los autos caratulados: «Q. Q. G. c/ B.J. M.y otros s/DAÑOS Y PERJUICIOS», respecto de la sentencia de fs. 291/305 el tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:
¿SE AJUSTA A DERECHO LA SENTENCIA APELADA?
Practicado el sorteo resultó que la votación debía realizarse en el siguiente orden: señores jueces de cámara doctores: RICARDO LI ROSI – SEBASTIÁN PICASSO – HUGO MOLTENI –
A LA CUESTIÓN PROPUESTA, EL DR. RICARDO LI ROSI DIJO:
I.- La sentencia de fs. 291/305 hizo lugar parcialmente a la demanda entablada por G. Q. Q. contra J. M. B. y Top Auto S.A., tendiente a obtener resarcimiento en virtud del accidente de tránsito ocurrido con fecha 25 de septiembre de 2006. En consecuencia, condenó a estos últimos a abonar al actor, en el plazo de diez días, la suma total de Pesos Cincuenta y Un Mil Quinientos ($ 51.500), con más sus intereses y las costas del juicio. Asimismo, hizo extensiva la condena a la citada en garantía Federación Patronal Seguros S.A.-
Contra dicha resolución se alzan las quejas del demandante de fs. 361/365, las que merecieran la respuesta de la demandada y citada en garantía de fs. 381/384.-
La codemandada Top Auto S.A. y su aseguradora hacen lo propio a fs. 366/371, obrando réplica del accionante a fs. 373/377.-
II.- Previo al tratamiento de los agravios formulados en esta Alzada, creo oportuno efectuar un breve relato de los hechos que motivaron el presente proceso.-
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