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JURISPRUDENCIA
En la ciudad de Resistencia, capital de la Provincia del Chaco, a los diecinueve (19) días del mes de noviembre del año dos mil veinte, reunidas en Acuerdo las Señoras Jueces de la Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, DRAS. WILMA SARA MARTÍNEZ y ELOISA ARACELI BARRETO, toman en consideración para resolver en definitiva la causa caratulada: «BARBETTI, DANIEL ENRIQUE C/SERVICIOS ENERGETICOS DEL CHACO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL (S.E.CH.E.E.P.) S/DAÑOS Y PERJUICIOS Y DAÑO MORAL», Expediente N° 11420/16-1-C, venido en grado de apelación del Juzgado en lo Civil y Comercial de la Décimo Quinta Nominación de esta ciudad. Practicado el sorteo de orden de votación resultaron sorteadas las Dras. Wilma Sara Martinez y Eloisa Araceli Barreto, como Juez de primer y segundo voto, respectivamente.
I. RELACION DE LA CAUSA: LA DRA. WILMA SARA MARTINEZ, DIJO: La relación de la causa efectuada por el Sr. Juez de grado en la sentencia de fs. 421/426 vta. se ajusta, en lo pertinente, a las constancias de autos, por lo que a fin de evitar repeticiones a ella me remito.
La decisión de primera instancia rechazó la demanda de daños y perjuicios promovida por Daniel Enrique Barbetti, por entender que no fue demostrado el nexo causal entre los daños corroborados, con la conducta antijurídica incurrida; consecuentemente impuso costas a la parte actora vencida, y reguló honorarios.
Disconforme con la decisión se alza la parte actora, quien -con el patrocinio letrado del Dr. Néstor Abel Cáceres- a fs.428/434 interpone y funda recurso de apelación. A fs. 435 se concede dicho recurso, libremente y con efecto suspensivo, corriéndose el traslado que, a fs. 436/439 vta. lo contestan Hilario José Bistoletti y Felicia Soledad Pisech en representación de la empresa demandada; y a fs. 441/446 vta. hacen lo propio los Dres. Benjamin Edgardo Kapeica, apoderado de la tercera citada TRANSENER, con el patrocinio letrado de los Dres. Omar Dario Camors y Walter Eduardo Repetto.
Se dispuso la elevación de la causa a fs. 447.
Recibida las misma, a fs. 450 se hace saber su radicación ante esta Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de esta ciudad, notificándose electrónicamente a los interesados.
A fs. 451 se llama Autos, a fs. 452 obra acta que determina el orden en que emitirán sus votos las Sras. Magistradas, y a fs. 454/456 dictaminó la Sra. Fiscal de Cámara Dra. María Marta G. Verón, quedando la causa en condiciones de ser resuelta.
LA DRA. ELOISA ARACELI BARRETO, DIJO: Que presta conformidad a la relación de la causa efectuada precedentemente.
II. SEGUIDAMENTE: El Tribunal en la opinión coincidente de ambas magistradas, plantea como cuestión a resolver si la sentencia de primera instancia debe ser confirmada, modificada o revocada.
III. A LA CUESTION PLANTEADA, LA DRA. WILMA SARA MARTINEZ, DIJO:
1. Como fuera introducido, a fs. 421/426 vta. el Sr. Juez de primera instancia dictó sentencia, rechazando la demanda de daños y perjuicios promovida por Daniel Enrique Barbetti contra la accionada SECHEEP y las terceras citadas TRANSNEA SA y TRANSENER SA, con fundamento en que no fue demostrado el nexo causal entre los daños verificados con el corte de servicio de energía eléctrica, en el período individualizado. Consecuentemente, impuso costas a la actora vencida y reguló honorarios a los profesionales intervinientes, con excepción de quienes -a criterio del judicante- desplegaron actividad inoficiosa.
2. Manifiesta el actor que le causa agravio la sentencia en cuanto efectúa una incorrecta valoración de los hechos alegados por las partes y las pruebas aportadas a la causa.
Refiere que no hay constancias que permitan sostener que la denuncia fue hecha tres días después de la última interrupción del servicio de energía eléctrica. Expone que el judicante llama equivocadamente «denuncia» al acta labrada en fecha 25/02/16 por inspectores de la Municipalidad de Resistencia; actaPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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