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JURISPRUDENCIAEstimulo educativo. Art. 140,L inc. b de la Ley 24660
Se resuelve hacer lugar a la aplicación del sistema de estímulo educativo previsto en el art. 140, inc. b) de la Ley 24.660 en favor de la imputada por el curso de «modista».
Ushuaia, 27 febrero de 2019.
AUTOS Y VISTOS:
Para resolver en la presente causa FCR 52019152/2010/TO1/61 – Incidente Nº 61 – IMPUTADO: Ledezma , María Cristina s/incidente de estímulo educativo;
Y CONSIDERANDO:
I.- Que a fojas 13 obra copia del certificado otorgado a María Cristina Ledezma por el curso de formación profesional de «Modista» de 400 horas, por el cual el Consejo Correccional se pronunció en forma positiva para que se le aplique el estímulo educativo ya que el citado curso se adecúa a lo normado en el art. 140 inc. b de la Ley 24.660 (fs. 29).
II.- Ante ello, el Fiscal General «ad hoc» se señaló no oponerse a la concesión del beneficio en los términos del art. 140 inc. b) de la Ley 24.660 y en consecuencia se le reduzcan 2 meses por el curso realizado (fs. 40).
III.- Conforme lo narrado, atento la naturaleza del curso efectuado por María Cristina Ledezma se le dará adecuación a lo normado en el art. 140 inc. b) de la Ley 24.660 y en consecuencia, conforme el dictamen Fiscal, la reducción será de 2 meses para que María Cristina Ledezma pueda avanzar en las distintas fases y períodos de la progresividad del sistema penitenciario.
Que el Área de Educación señaló que los citados cursos tienen resolución ministerial que los avala, R.M. Nro. 4673/08 y otros -conf. 34-
De tal forma corresponde reducir 2 (dos) meses, por cada uno, los plazos requeridos para el avance a través de las distintas fases y períodos de la progresividad del sistema penitenciario, totalizando 4 meses.
. Por los motivos expuestos, las normas legales citadas y de conformidad con lo dictaminado por el Fiscal General precedentemente es que
RESUELVO:
I.- HACER LUGAR a la aplicación del sistema de estímulo educativo previsto en el art. 140 inc. b) de la Ley 24.660 en favor de María Cristina Ledezma por el curso de «Modista» y en consecuencia reducir 2 (dos) meses, para el avance a través de las distintas fases y períodos de la progresividad del sistema penitenciario.
II.- En atención a que en el presente se resuelve conforme lo dictaminado por el Fiscal General «ad hoc», practíquese por Secretaría cómputo de detención de María Cristina Ledezma. Notifíquese a las partes y a la interesada y no siendo observado el mismo comuníquese a la Unidad correspondiente a fin de que tome razón.
III.- Tómese razón y notifíquese.
LUIS ALBERTO GIMÉNEZ
JUEZ DE CÁMARA
Ante mí:
MARÍA ALONSO MASSEY
SECRETARIA
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