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JURISPRUDENCIAPena de cumplimiento efectivo. Constitucionalidad de la reincidencia
Se casa la sentencia que condenó a los encausados por resultar coautores del delito de robo simple, únicamente respecto de la aplicación de condena de efectivo cumplimiento respecto de uno de ellos, por considerar que no se expusieron motivos válidos y razonables por los cuales se hubiera descartado la imposición de una pena de ejecución condicional.
En la ciudad de Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los 4 días del mes de febrero de 2016, se reúne la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por la doctora Ana María Figueroa como Presidente y los doctores Norberto F. Frontini y Roberto J. Boico como Vocales, a los efectos de resolver el recurso de casación interpuesto en esta causa nº 39677, caratulada «Principal en Tribunal Oral TO01 – G. S. C. A. Y OTRO s/ROBO DAMNIFICADO: V., A. A.», de cuyas constancias
RESULTA:
1º) Que los señores jueces del Tribunal Oral en lo Criminal nº 6 de esta ciudad, el 23 de septiembre de 2014, resolvieron: «I. CONDENAR a M. J. R., de las demás condiciones personales obrantes en autos, por considerarlo coautor penalmente responsable del delito de robo simple, a cumplir la pena de DOS AÑOS DE PRISIÓN Y COSTAS (artículos 29 inciso 31, 35 y 163 y 403, 530 y 531 del Código Procesal Penal de la Nación).; II DECLARAR reincidente a M. J. R. (art. 50 del Código Penal).; III. CONDENAR a F. C. A. G. S., de las demás condiciones personales obrantes en autos, por considerarlo coautor penalmente responsable del delito de robo simple, a cumplir la pena de UN AÑO Y DIEZ MESES DE PRISIÓN Y COSTAS (artículos 29 inciso 31, 45 y 164 del Código Penal y 402, 530 y 531 del Código Procesal Penal de la Nación)».
2º) Que contra dicha resolución interpuso recurso de casación el Defensor Público Oficial, doctor Lucas Tassara, el que fue concedido y mantenido en la instancia (cfr. fs. 431/447, 467/468 y 476, respectivamente).
El recurrente fundó su recurso en ambos incisos del artículo 456 del código adjetivo.
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