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DECRETO 1414/2005
VIALIDAD
ORGANISMOS DEL ESTADO
Órgano de Control de Concesiones Viales. Estructura organizativa. Aprobación
del 17/11/2005; publ. 21/11/2005
Visto los decretos 87 de fecha 25 de enero de 2001, 1994 del 23 de septiembre de 1993 y 1915 del 28 de diciembre de 2004, y
Considerando:
Que por el decreto 87/2001 se dispuso la reestructuración del Órgano de Control de las Concesiones de la Red de Accesos a la Ciudad de Buenos Aires, el que pasó a denominarse Órgano de Control de Concesiones Viales.
Que en virtud de lo dispuesto por los arts. 2 , 3 , 4 y 5 del citado decreto se transfirieron al Órgano de Control de Concesiones Viales las competencias, objetivos, partidas presupuestarias, recursos humanos y materiales del Órgano de Control de las Concesiones de la Red de Accesos a la Ciudad de Buenos Aires, de la Comisión Transitoria y el Órgano de Control de la Concesión de la Obra de la Conexión Física entre las ciudades de Rosario, provincia de Santa Fe – Victoria, provincia de Entre Ríos y del Órgano de Control de las Concesiones Viales dependiente de la Dirección Nacional de Vialidad y se estableció que será el órgano de control de la concesión de la Red de Accesos a la Ciudad de Mendoza.
Que asimismo el art. 6 del citado decreto dispuso que el Órgano de Control de Concesiones Viales estará dirigido y administrado por una Dirección Ejecutiva a cargo de un director ejecutivo y un subdirector ejecutivo.
Que por el decreto 1915/2004 se ampliaron las facultades establecidas en el decreto 1994/1993 y en el decreto 87/2001 , del Órgano de Control de Concesiones Viales a fin de que el mismo efectúe la contratación y ejecución de construcciones, trabajos o servicios que revistan el carácter de obra pública dentro de la jurisdicción comprendida en los contratos de concesión aprobados por los decretos 1167 de fecha 15 de julio de 1994, 1638 Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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