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DECRETO 1595/1999
ZONA DE DESASTRE
Declárase zona de desastre a los distritos de los partidos de Bolívar, Hipólito Irigoyen y Daireaux, provincia de Buenos Aires
del 9/12/1999; publ. 17/12/1999
Considerando:
Que la provincia de Buenos Aires ha declarado el estado de emergencia y desastre para las parcelas rurales de algunos partidos del territorio provincial, afectados por distintos factores climáticos adversos, mediante el decreto provincial 2725 del 29 de septiembre de 1999.
Que el Honorable Senado de la Nación a través de la resolución de fecha 16 de Junio de 1999, ha solicitado al Poder Ejecutivo nacional que en el marco de la ley 24959 se declare zona de desastre a los partidos de Bolívar, Hipólito Irigoyen y Daireaux de la provincia de Buenos Aires.
Que dada la entrada en vigencia de la norma citada precedentemente, corresponde que el Poder Ejecutivo nacional efectúe la pertinente declaración de desastre.
Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el art. 1 de la ley 24959 .
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– Declárase zona de desastre, a los efectos de la aplicación de la ley 24959 , a los distritos de los partidos de Bolívar, Hipólito Irigoyen y Daireaux provincia de Buenos Aires, afectadas por inundación, desde el 1 de septiembre de 1999 hasta el 29 de febrero de 2000.
Art. 2.– Facúltase a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos a dictar las normas complementarias que permitan poner en ejecución lo dispuesto en el art. 1 del presente.
Art. 3.– Comuníquese al Honorable Congreso de la Nación.
Art. 4.– Comuníquese, etc.
Menem – Rodríguez – Fernández
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