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DECRETO 1664/1996

CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Consejo Nacional de Investigaciones Cientí­ficas y Técnicas (Conicet). Estructura organizativa. Modificación

del 27/12/1996; publ. 27/2/1997

Visto la ley 24629 y los decretos 747 , 928 y 1207 de fechas 8 de julio, 8 de agosto y 24 de octubre de 1996, respectivamente, y

Considerando:

Que corresponde avanzar en el proceso de transformación del Consejo Nacional de Investigaciones Cientí­ficas y Técnicas (Conicet), iniciado mediante el dictado del decreto 747/1996 y en el marco de la segunda reforma del Estado, cuyo objetivo es la reorganización del mismo, incluyendo a sus entes descentralizados, a fin de lograr una mayor eficiencia, eficacia y transparencia en la gestión.

Que, atento a lo dispuesto por el art. 4 del decreto 1207/1996, corresponde aprobar las aperturas inferiores a los cargos gerenciales establecidos para el Consejo Nacional de Investigaciones Cientí­ficas y Técnicas (Conicet).

Que, asimismo, se incluye una modificación a lo dispuesto por el decreto 1207/1996 en tanto se ha considerado más adecuado desplazar la función de asesoramiento jurí­dico del ámbito de la Gerencia de Gestión Operativa al de la Asesorí­a Legal, organismo que, a la vez, incorpora bajo su dependencia la responsabilidad de llevar a cabo y/o supervisar los sumarios administrativos y las tareas de despacho.

Que personal del Consejo Nacional de Investigaciones Cientí­ficas y Técnicas vení­a desempeñándose en la Secretarí­a de Ciencia y Tecnologí­a (S.C. y T.), en carácter de adscripto.

Que del análisis de las necesidades funcionales del Consejo Nacional de Investigaciones Cientí­ficas y Técnicas (Conicet) y la Secretarí­a de Ciencia y Tecnologí­a, resulta conveniente transferir una parte del personal del Consejo Nacional de Investigaciones Cientí­ficas y Técnicas (Conicet) a la citada secretarí­a.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el art. 99 , inc. 1 de la Constitución Nacional y la ley 24629 .

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Sustitúyese el anexo I del decreto 1207/1996 por el organigrama que se detalla como anexo al presente artí­culo.

Art. 2.– Modifí­case el anexo II del decreto 1207/1996 , en la parte correspondiente a la Gerencia de Gestión Operativa e incorpórase al mismo la responsabilidad primaria y acciones correspondientes a la asesorí­a legal, de conformidad con el detalle obrante en las planillas anexas al presente artí­culo.

Art. 3.– Apruébanse las aperturas inferiores de la estructura organizativa del Consejo Nacional de Investigaciones Cientí­ficas y Técnicas (Conicet) aprobadas por el decreto 1207 de fecha 24 de octubre de 1996, de acuerdo con el organigrama, responsabilidad primaria y acciones y planta permanente que, como anexos I, II y III, forman parte del presente decreto.

Art. 4.– Transfiérese del Consejo Nacional de Investigaciones Cientí­ficas y Técnicas (Conicet) al ámbito del Ministerio de Cultura y Educación, Secretarí­a de Ciencia y Tecnologí­a (S.C. y T.), el personal del escalafón aprobado por la ley 20464 , cuyo detalle obra como anexo IV, con los créditos presupuestarios correspondientes. En el plazo de noventa (90) dí­as a partir de la publicación del presente, dicho personal será reencasillado en el escalafón aprobado por el decreto 993 de fecha 27 de mayo de 1991 (t.o. 1995) –Sistema Nacional de la Profesión Administrativa– (Sinapa), dentro de los lí­mites presupuestarios vigentes.

Art. 5.– Transfiérese del Consejo Nacional de Investigaciones Cientí­ficas y Técnicas (Conicet) al ámbito del Ministerio de Cultura y Educación, Secretarí­a de Ciencia y Tecnologí­a (S.C. y T.), el personal del escalafón aprobado por el decreto 993/1991 (t.o. 1995) –Sistema Nacional de la Profesión Administrativa– (Sinapa), cuyo detalle obra como anexo V con sus niveles y cargos de revista vigentes, así­ como los créditos presupuestarios correspondientes.

Art. 6.– Transfiérese del Consejo Nacional de Investigaciones Cientí­ficas y Técnicas (Conicet) al ámbito del Ministerio de Cultura y Educación el personal del escalafón del decreto 993/1991 (t.o. 1995) –Sistema Nacional de la Profesión Administrativa– (Sinapa), cuyo detalle obra como anexo VI, con sus niveles y cargos de revista vigentes, así­ como los créditos presupuestarios correspondientes.

Art. 7.– En el plazo de sesenta (60) dí­as a partir del presente decreto, el interventor del Consejo Nacional de Investigaciones Cientí­ficas y Técnicas (Conicet) deberá presentar al Ministerio de Cultura y Educación, para su aprobación, la propuesta de estructura organizativa de las aperturas inferiores a las que se aprueban en el presente, en concordancia con lo establecido por el decreto 1545 de fecha 31 de agosto de 1994, reglamentado por resolución 422 de fecha 13 de septiembre de 1994 de la Secretarí­a de la Función Pública, entonces de la Presidencia de la Nación. Facúltase al interventor del Consejo Nacional de Investigaciones Cientí­ficas y Técnicas (Conicet) a designar con carácter interino, y hasta tanto se sustancien los concursos correspondientes al personal que tendrá a su cargo las unidades organizativas que se crean mediante el presente decreto, por un plazo máximo de ciento ochenta (180) dí­as.

Art. 8.– Comuní­quese, etc.

Menem – Rodrí­guez – Decibe

Anexo

ANEXO AL ARTÍCULO 1

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Unidad de Auditorí­a Interna

 

 

 

 

 

 

 

Comisiones Asesoras

 

Conicet

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Presidencia Directorio

 

 

Gabinete

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Gerencia de Desarrollo Cientí­fico y Tecnológico

 

 

Gerencia de Gestión Operativa

 

 

Gerencia de Evaluación y Acreditación

 

 

Asesorí­a Legal

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO AL ARTÍCULO 2

GERENCIA DE GESTIÓN OPERATIVA

Responsabilidad primaria

Proceder a la organización, contralor, registración y ejecución de los actos vinculados con la gestión operativa –financiera, patrimonial y de recursos humanos– requerida para el funcionamiento del organismo.

Acciones

Elaborar los criterios y procedimientos de gestión financiera y de recursos humanos.

Supervisar todas las actividades financieras contables de personal y patrimoniales, propias del organismo.

Intervenir en la formulación del proyecto de presupuesto anual, sus modificaciones, reajustes y su ejecución.

Coordinar y supervisar todo lo relacionado con la gestión de compras y contrataciones de bienes y servicios.

Coordinar la acción referida a proyectos de inversión real directa.

Fiscalizar el cumplimiento de los actos referentes a las relaciones con el personal, investigadores, técnicos y becarios vinculados a las actividades del organismo.

ASESORÍA LEGAL

Responsabilidad primaria

Prestar asesoramiento y asistencia jurí­dica al Consejo Nacional de Investigaciones Cientí­ficas y Técnicas (Conicet) ejercer su representación en toda acción legal que le competa, sustanciar recursos administrativos, sustanciar sumarios administrativos y efectuar el ordenamiento y coordinación de los trámites administrativos.

Acciones

Prestar asesoramiento y asistencia jurí­dica al Consejo Nacional de Investigaciones Cientí­ficas y Técnicas (Conicet).

Ejercer la representación del Consejo Nacional de Investigaciones Cientí­ficas y Técnicas (Conicet) en toda acción legal que le competa.

Sustanciar recursos administrativos contra actos emanados del Consejo Nacional de Investigaciones Cientí­ficas y Técnicas (Conicet).

Asesorar al directorio en la preparación de reglamentos, contratos u otros instrumentos de carácter jurí­dico en los que sea parte el Consejo Nacional de Investigaciones Cientí­ficas y Técnicas (Conicet).

Sustanciar sumarios administrativos o supervisar los sumarios a cargo de sumariantes “ad hoc”, en todos los casos requeridos por la ley.

Ordenar y coordinar el trámite de los expedientes administrativos.

Clasificar, registrar, caratular, fichar y distribuir la documentación recibida, controlando su destino.

Entender en la gestión de firma, registro, protocolo y distribución de las resoluciones del directorio.

Anexo I

ORGANIGRAMA

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Presidencia Directorio

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Gerencia de Desarrollo Cientí­fico y Tecnológico

 

 

 

 

Gerencia de Gestión Operativa

 

 

Gerencia de Evaluación y Acreditación

 

Asesorí­a Legal

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Subgerencia de Unidades Ejecutoras de Ciencia y Tecnologí­a

 

Subgerencia de Fomento Cientí­fico Tecnológico

 

Subgerencia de Presupuesto y Control Presupuestario

 

Subgerencia de Servicios Administrativos Generales

 

Subgerencia de Evaluación de Ciencias Básicas Aplicadas y Tecnológicas

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO II

GERENCIA DE DESARROLLO CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO

SUBGERENCIA DE UNIDADES EJECUTORAS DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Responsabilidad primaria

Intervenir en la creación, apoyo, supervisión y contralor de las unidades ejecutoras del Consejo Nacional de Investigaciones Cientí­ficas y Técnicas (Conicet).

Acciones

Supervisar la gestión y administración de las unidades ejecutoras.

Analizar y proponer el presupuesto anual de funcionamiento de las unidades ejecutoras y participar en el contralor de su ejecución.

Entender en la recopilación de la información de las actividades de las unidades ejecutoras a los fines de su evaluación.

Intervenir en la negociación de convenios interjurisdiccionales relativos a las unidades ejecutoras.

Intervenir en la creación, cierre y fusión de las unidades ejecutoras.

Entender en lo relativo a la vinculación cientí­fico-tecnológica de las unidades ejecutoras con el sistema socio-productivo.

GERENCIA DE DESARROLLO CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO

SUBGERENCIA DE FOMENTO CIENTÍFICO-TECNOLÓGICO

Responsabilidad primaria

Entender en la promoción de proyectos cientí­ficos y tecnológicos, en la admisión y promoción del personal de la carrera del investigador cientí­fico y tecnológico y en la del personal de apoyo a la investigación y desarrollo, en la asignación de subsidios y el otorgamiento de becas.

Acciones

Entender en la promoción de proyectos de investigación cientí­fica y tecnológica.

Intervenir en la tramitación de solicitudes de subsidios y créditos.

Entender en todo lo relativo a convenios internacionales, en lo que hace a su competencia especí­fica.

Entender en la tramitación de solicitudes de ingreso y promoción de las carreras del investigador cientí­fico y tecnológico y del personal de apoyo a la investigación y desarrollo.

Entender en el otorgamiento de becas.

Entender en la recopilación periódica de información sobre el personal cientí­fico y becarios para la evaluación de su labor por parte de la Gerencia de Evaluación y Acreditación.

GERENCIA DE EVALUACIÓN Y ACREDITACIÓN

SUBGERENCIA DE EVALUACIÓN DE CIENCIAS BÁSICAS, APLICADAS Y TECNOLÓGICAS

Responsabilidad primaria

Mantener y actualizar mecanismos con las modalidades apropiadas para la evaluación y control de gestión de las actividades de promoción y ejecución de las ciencias básicas, aplicadas y tecnológicas.

Acciones

Crear y mantener la infraestructura adecuada para que los mecanismos de evaluación de la actividad cientí­fica y tecnológica conducentes a la detección de calidad, mérito y pertinencia sean estrictos, rigurosos y transparentes.

Velar por el mantenimiento de la confidencialidad necesaria en el proceso de evaluación.

Intervenir en la programación, organización, confección de calendarios, convocatorias de pares y comisiones asesoras y preparación de despachos, requeridos en el proceso evaluativo de los objetos de promoción: becas, carrera del investigador cientí­fico y tecnológico, proyectos y todo aquello que a juicio del directorio sea conveniente para cumplir sus objetivos.

Intervenir en la programación y convocatoria de comisiones especiales, incluyendo prestigiosos cientí­ficos y tecnólogos con experiencia en gestión de ciencia y tecnologí­a, para la evaluación de las unidades ejecutoras.

Establecer la interrelación entre las diversas áreas administrativas del organismos a los efectos de la gestión de los procesos evaluativos de la actividad cientí­fica y técnica.

GERENCIA DE GESTIÓN OPERATIVA

SUBGERENCIA DE PRESUPUESTO Y CONTROL PRESUPUESTARIO

Responsabilidad primaria

Entender en la programación y contabilización presupuestaria, el movimiento de fondos y en la rendición de cuentas y subsidios.

Acciones

Elaborar y efectuar el seguimiento del presupuesto anual, sus ajustes, control de cuotas y ejecución.

Elaborar y ejecutar la contabilidad presupuestaria.

Custodiar y controlar los valores y dinero en poder del Consejo Nacional de Investigaciones Cientí­ficas y Técnicas (Conicet), realizar el movimiento de valores y fondos del organismo y de sus cuentas bancarias, conforme le sea requerido y previamente contabilizado y conciliado.

Controlar y emitir el dictamen respecto de las rendiciones de fondos entregados a terceros o al personal, sean en calidad de subsidios o como anticipos.

GERENCIA DE GESTIÓN OPERATIVA

SUBGERENCIA DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS GENERALES

Responsabilidad primaria

Entender en la contabilidad y registro patrimonial del Consejo Nacional de Investigaciones Cientí­ficas y Técnicas (Conicet), la administración del personal, los suministros y el mantenimiento de las instalaciones del organismo.

Acciones

Confeccionar los informes requeridos por el decreto 928 de fecha 8 de agosto de 1996, elaborar la memoria y el estado de situación patrimonial y de resultados del Consejo Nacional de Investigaciones Cientí­ficas y Técnicas (Conicet), elaborar y registrar los movimientos de fondos y patrimoniales del organismo, conciliando mensualmente con la contabilidad presupuestaria.

Realizar la liquidación de haberes y estipendios del personal.

Tener a su cargo el ingreso y elaboración del legajo único.

Controlar la asistencia del personal y la efectiva prestación de servicios y practicar la liquidación de impuestos al personal.

Realizar las adquisiciones de bienes, incluyendo importaciones.

Ejecutar las tareas de mantenimiento, depósito de insumos administrativos y operativos, administrar la imprenta, tener a su cargo la atención del público y del conmutador y, en general, la seguridad del edificio.

ANEXO III

PLANTA PRESUPUESTARIA

Jurisdicción: Ministerio de Cultura y Educación.

Entidad 103: Consejo Nacional de Investigaciones Cientí­ficas y Técnicas.

Escalafón: Decreto 993/1991 – Sinapa.

Unidad Organizativa

EE

A

B

C

D

E

Subtotal

Gerencia de Desarrollo Cientí­fico y Tecnológico

 

2

6

39

53

29

129

Gerencia de Gestión Operativa

 

3

12

39

64

36

154

Gerencia de Evaluación y Acreditación

 

2

2

17

10

10

41

Asesorí­a Legal

 

2

2

11

26

12

53

Unidad de Auditorí­a Interna

1

4

2

10

3

 

19

Total de Cargos

1

13

24

116

156

87

396

 

Jurisdicción: Ministerio de Cultura y Educación.

Entidad 103: Consejo Nacional de Investigaciones Cientí­ficas y Técnicas.

Planta de personal cientí­fico y tecnológico.

105

104

103

102

101

Total

139

446

836

1190

807

3418

 

105 Investigador superior.

104 Investigador principal.

103 Investigador independiente.

102 Investigador adjunto.

101 Investigador asistente.

Planta de personal de apoyo a la investigación y desarrollo

T33

T32

T31

T24

T23

T22

T21

T14

T13

T12

T11

Total

621

544

182

534

393

241

21

167

91

14

0

2808

 

T33 Profesional principal.

T32 Profesional adjunto.

T31 Profesional asistente.

T24 Técnico principal.

T23 Técnico asociado.

T22 Técnico asistente.

T21 Técnico auxiliar.

T14 Artesano principal.

T13 Artesano asociado.

T12 Artesano ayudante.

T11 Artesano aprendiz.

ANEXO IV

Personal de apoyo

Documento

Cargo

Alesandria, Olga Mirta

D.N.I.: 12.987.719

Técnico principal

Álvarez, Diego Octavio

D.N.I.: 22.650.748

Técnico principal

Araujo, Gabriela Fernanda

D.N.I.: 17.362.566

Profesional asistente

Barrese, Rodolfo Carlos

D.N.I.: 12.137.926

Profesional principal

Campoamor, Marcelo Eduardo

D.N.I.: 14.406.636

Profesional adjunto

Campos, Ademar Osvaldo

L.E.: 4.153.150

Técnico principal

Chieme, Oscar Rubén

L.E.: 4.171.956

Técnico principal

Cubilla, Luciano

D.N.I.: 20.481.713

Técnico auxiliar

Elizari, Ana Marí­a

D.N.I.: 6.520.567

Profesional adjunto

Falcone, Jorge Delfo

D.N.I.: 10.951.799

Profesional principal

Fandiño, Mónica Rosana

D.N.I.: 20.356.663

Técnico principal

Galvani, Ana Marí­a

D.N.I.: 14.895.299

Técnico principal

Ghersini, Francisco

D.N.I.: 10.515.729

Profesional principal

Giacomelli, Andrés

D.N.I.: 17.789.099

Profesional principal

Goicochea, Norma Rosa

D.N.I.: 4.429.176

Profesional principal

Gómez, Blanca Ana

D.N.I.: 4.770.031

Artesano aprendiz

Jakowsczyk, Lilia

L.C.: 5.739.901

Técnico asociado

Lartigue, Marí­a Eugenia

L.C.: 962.641

Profesional principal

Liendro, Juan Carlos

D.N.I.: 16.722.158

Profesional principal

Llanes, Stella Maris

D.N.I.: 16.656.994

Técnico asociado

Montale, Susana

L.C.: 2.785.396

Profesional adjunto

Palazzo, Natalio Antonio

D.N.I.: 10.161.050

Profesional adjunto

Pistoia, Alicia

L.C.: 4.474.132

Técnico principal

Rodrí­guez, Manuel

L.E.: 4.546.490

Técnico principal

Sala, Mariana

D.N.I.: 24.040.736

Técnico asociado

Sarrate, Laura Inés

D.N.I.: 17.250.590

Técnico asociado

Schalich, Susana Beatriz

D.N.I.: 4.154.182

Profesional asistente

Scharer, Marí­a Elena

C.I.: 6.075.898

Profesional adjunto

Soria, Sergio Daniel

D.N.I.: 23.308.191

Técnico principal

Spósito, Stella Maris

D.N.I.: 10.201.608

Técnico principal

Villar, Enrique Martí­n

D.N.I.: 23.463.572

Técnico asistente

Villegas, Roberto

L.E.: 6.839.026

Técnico principal

 

ANEXO V

Agente Sinapa

Documento

N. y G.

Baffi, Marcela

D.N.I.: 12.685.921

E1

Banus, Constanza

D.N.I.: 23.350.406

E1

Buora, Leandro

D.N.I.: 20.365.952

D0

De Plato, Claudio Omar

D.N.I.: 13.458.700

C2

Fabiano, Horacio Daniel

D.N.I.: 21.155.499

E1

Garcí­a Palumbo, Gustavo

D.N.I.: 23.594.678

E1

Libonatti, Ana

D.N.I.: 21.478.623

E2

Naimo, Fernando Daniel

D.N.I.: 21.954.351

D1

Pombo, Karina

D.N.I.: 21.072.574

D1

Ramundo, Andrea

D.N.I.: 20.027.611

D2

Uriburu, Amalia

D.N.I.: 17.731.043

E2

Vera, Claudio David

D.N.I.: 11.734.030

C1

 

ANEXO VI

Agente Sinapa

Documento

N. y G.

Ippólito, Andrés Jesús

D.N.I.: 10.111.684

B5

Pedriel, Marí­a Raquel

D.N.I.: 13.233.465

A0

 

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