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Decreto 735/2004
CONTRATOS DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
Ratifícase un Acta Acuerdo suscripta por la Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos y la empresa Aguas Argentinas S.A., cuyos términos deberán contemplarse dentro del Acuerdo Integral de Renegociación Contractual que resulte del proceso de renegociación en curso.
Bs.As., 14/6/2004
VISTO el Expediente Nº 020004231/2002 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, las Leyes Nros.25.561, 25.790 y 25.820, los Decretos Nros.787 del 22 de abril de 1993 y 311 del 3 de julio de 2003, las Resoluciones Nros.576 del 5 de noviembre de 2002 y 671 del 22 de noviembre de 2002, ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMIA, la Resolución Conjunta Nº 188 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION y Nº 44 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de fecha 6 de agosto de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 25.561 declaró la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria, delegando al PODER EJECUTIVO NACIONAL las facultades para dictar las medidas orientadas a conjurar la crítica situación.
Que a través de dicha norma, se dispuso la salida del régimen de convertibilidad del Peso con el Dólar Estadounidense, autorizándose al PODER EJECUTIVO NACIONAL a renegociar los contratos de los servicios públicos concesionados, puestos en crisis por la salida de la convertibilidad y en razón de que los precios y tarifas habían sido convenidos oportunamente en dicha divisa extranjera.
Que las estipulaciones contenidas en la Ley Nº 25.561 han sido posteriormente ratificadas y ampliadas a través de la sanción de las Leyes Nros.25.790 y 25.820, así como también por diversas normas reglamentarias y complementarias.
Que en función de cumplimentar el mandato conferido por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION, se ha venido desarrollando hasta el presente el proceso de renegociación de los contratos con las Empresas Licenciatarias y Concesionarias que tienen a su cargo la prestación de los servicios públicos a la Comunidad.
Que en el transcurso de dicho proceso, orientado por los criterios establecidos en el Artículo 9º de la Ley Nº 25.561, corresponde al ESTADO NACIONAL velar por el mantenimiento de las condiciones de accesibilidad, seguridad y calidad de los servicios públicos.
Que participa en dicho proceso AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA, empresa que presta el servicio de provisión de agua potable y desagí¼es cloacales, conforme a la concesión que fuera otorgada por el Decreto Nº 787 de fecha 22 de abril de 1993.
Que el proceso de renegociación de los contratos de concesión y licencia de los servicios públicos se encuentra actualmente reglamentado por el Decreto Nº 311 de fecha 3 de julio de 2003.
Que por el decreto citado en el considerando precedente, se creó la UNIDAD DE RENEGOCIACION Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS en el ámbito de los MINISTERIOS DE ECONOMIA Y PRODUCCION y DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para llevar a cabo la renegociación con las Empresas Prestatarias.
Que a dicha Unidad se le han asignado, entre otras, las misiones de llevar a cabo el proceso de renegociación de los contratos de obras y servicios públicos; suscribir acuerdos integrales o parciales con las empresas concesionarias y licenciatarias de servicios públicos “ad referendum” del PODER EJECUTIVO NACIONAL; elevar proyectos normativos concernientes a posibles adecuaciones transitorias de precios, o cláusulas contractuales relativas a los servicios públicos, así como también efectuar todas aquellas recomendaciones vinculadas a los contratos de obras y servicios públicosPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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