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Decreto 328/2012
ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
Modifícase el Decreto Nº 357/02, relacionado con el organigrama del Ministerio de Seguridad.
Bs. As., 7/3/2012
VISTO los Decretos Nº 357 del 21 de febrero de 2002, y Nº 2009 del 15 de diciembre de 2010 y su modificatorio, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 357/02 y sus modificatorios se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Pública Nacional hasta nivel de Subsecretaría, estableciéndose sus competencias.
Que por el Decreto Nº 2009/10 se aprobó la estructura organizativa del MINISTERIO DE SEGURIDAD correspondiente a las Secretarías, Subsecretarías y aperturas de primer nivel operativo.
Que una de las premisas del gobierno nacional es lograr el perfeccionamiento de la utilización de los recursos públicos tendientes a una mejora sustancial en la calidad de la acción estatal, además de concretar las metas políticas diagramadas, y de racionalizar y tornar más eficiente la gestión pública orientada claramente al sector de la seguridad.
Que para ello corresponde efectuar un reordenamiento estratégico que permita concretar las metas políticas diagramadas.
Que la nueva propuesta posibilita aumentar la capacidad de respuesta a las demandas que la sociedad produce.
Que la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Sustitúyese del Anexo I al Artículo 1º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios – Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada, el Apartado XXVI—correspondiente al MINISTERIO DE SEGURIDAD—, el que quedará conformado de acuerdo con el detalle que se acompaña como planilla anexa al presente artículo.
Art. 2º — Sustitúyese del Anexo II al Artículo 2º del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios el Apartado XXVI correspondiente a los Objetivos de las Secretarías y Subsecretarías del MINISTERIO DE SEGURIDAD, los que quedarán redactados de conformidad con el detalle que se acompaña como planilla anexa al presente artículo.
Art. 3º — Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SEGURIDAD, de acuerdo con el Organigrama y Responsabilidad Primaria y Acciones que, como Anexos I y II, forman parte del presente. Mantiénense la dependencia y la Responsabilidad Primaria y Acciones de la SECRETARIA EJECUTIVA DEL CONSEJO DE SEGURIDAD INTERIOR, la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA, la DIRECCION DE COMUNICACION, la DIRECCION NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS y la JEFATURA DE GABINETE DE ASESORES.
Art. 4º — En un plazo de SESENTA (60) días a partir de la publicación del presente decreto, el MINISTERIO DE SEGURIDAD deberá aprobar el proyecto de estructura organizativa correspondiente a las aperturas inferiores a las que se aprueban por la presente medida.
Art. 5º — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las responsabilidades primarias, acciones y dotaciones vigentesPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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