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BANCO NACIONAL DE DATOS GENETICOS
Decreto 38/2013
Apruébase la Reglamentación de la Ley Nº 26.548.
Bs. As., 22/1/2013
VISTO las Leyes Nros. 23.511 y 26.548 y el Expediente Nº 1266/2010 del registro del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley Nº 23.511 se creó el BANCO NACIONAL DE DATOS GENETICOS (BNDG) a fin de obtener y almacenar información genética que facilite la determinación y esclarecimiento de conflictos relativos a la filiación.
Que la Ley Nº 26.548 modificó el objeto del organismo, circunscribiendo el mismo a garantizar la obtención, almacenamiento y análisis de la información genética que sea necesaria como prueba para el esclarecimiento de delitos de lesa humanidad cuya ejecución se haya iniciado en el ámbito del ESTADO NACIONAL hasta el 10 de diciembre de 1983.
Que la Ley mencionada en el considerando precedente consagró que el BANCO NACIONAL DE DATOS GENETICOS funcionará como organismo autónomo y autárquico dentro de la órbita del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.
Que resulta necesario, a los efectos de implementar la Ley Nº 26.548, dictar las normas reglamentarias que permitan alcanzar los objetivos fijados por dicha norma.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA ha tomado la intervención de su competencia.
Que el presente se dicta en uso de las facultades establecidas por el artículo 99, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL VICEPRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase la Reglamentación de la Ley Nº 26.548, que como Anexo I forma parte integrante del presente decreto.
Art. 2° — Delégase en el MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA la facultad para dictar las normas complementarias y aclaratorias del presente decreto.
Art. 3° — Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente decreto serán atendidos con las partidas presupuestarias correspondientes a la JurisdicciónPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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