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LEY 14878 (*)
VITIVINICULTURA
Ley General de Vinos. Aprobación
sanc. 23/10/1959; promul. 06/11/1959; publ. 25/11/1959
(*) El art. 46 del decreto 2284/1991 establece: “Déjanse sin efecto todas las regulaciones a la vitivinicultura, producción yerbatera, producción azucarera e industrias derivadas, establecidas por las leyes 14878 , 17848 , 17849 , 21502 , 21657 , 23149 , 23150 , 23550 , 23683 , 20371 y 19597 , sus modifs. y reglamentaciones”.
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de ley:
Art. 1.– La producción, la industria y el comercio vitivinícola en todo el territorio de la Nación quedan sujetos a las disposiciones de la presente ley general de vinos y de su reglamentación.
Art. 2.– Créase, sobre la base de la actual Dirección de Vinos y otras Bebidas, el Instituto Nacional de Vitivinicultura, vinculado al Poder Ejecutivo por intermedio del Ministerio de Economía, con autarquía técnica, funcional y financiera, y jurisdicción en todo el territorio de la Nación, como organismo competente para entender en la promoción y el contralor técnico de la producción, la industria y el comercio vitivinícolas.
Art. 3.– El Instituto Nacional de Vitivinicultura será una institución de derecho público, con capacidad para actuar privada y públicamente, de acuerdo con las leyes generales y especiales de la Nación y los reglamentos que lo rijan.
Art. 4.– El Instituto Nacional de Vitivinicultura estará constituido:
a) Por un presidente designado por el Poder Ejecutivo. Deberá ser argentino y poseer título habilitante en la materia, que durará 4 años en sus funciones y podrá ser reelecto. El cargo será rentado e incompatible con el ejercicio de toda otra función pública o docente y de actividades privadas relacionadas con la producción o industria y comercio del vino y demás productos incluidos en la presente ley.
b) Por un Consejo Directivo integrado en la siguiente forma:
2 representantes de la provincia de Mendoza.
2 representantes de la provincia de San Juan.
1 representante de la provincia de RíoPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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