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LEY 21611
PROVINCIAS
TRATADOS INTERPROVINCIALES
VI Conferencia de Gobernadores de Río Colorado. Acuerdo Provincial para la explotación racional del Río Colorado. Alternativas para un Programa único de Distribución de Caudales y Habilitación de Áreas de Riego en el Río Colorado. Aprobación
sanc. 01/08/1977; promul. 01/08/1977; publ. 18/08/1977
En uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,
El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley:
Art. 1.– Apruébase el acuerdo celebrado entre las provincias de Buenos Aires, La Pampa, Mendoza, del Neuquén y Río Negro en oportunidad de la VI Conferencia de Gobernadores del Río Colorado, el que se agrega como anexo I de la presente ley.
Art. 2.– La Nación participará de la ejecución del Programa único acordado y el Poder Ejecutivo dispondrá la integración del organismo interjurisdiccional, cuya creación se decidiera en el art. quinto del acuerdo.
Art. 3.– Ratifícase el Estatuto del Comité Interjurisdiccional del Río Colorado (Co.I.R.Co.), suscripto entre el señor ministro del Interior y los señores gobernadores de las provincias de Buenos Aires, La Pampa, Mendoza, del Neuquén y Río Negro, que se agrega como anexo II de la presente ley.
Art. 4.– Dentro de los 90 días de publicada la presente ley, el Poder Ejecutivo proveerá las medida que sean necesarias adoptar en el orden nacional, para implementar el funcionamiento del organismo interjurísdiccional mencionado en el art. anterior.
Art. 5.– Comuníquese, etc.
Videla – Harguindeguy – Bessone – Martínez de Hoz
Alternativas para un programa único de distribución de caudales y habilitación de áreas de riego en el Río Colorado
Secretaría de Estado de Recursos Naturales y Ambiente Humano
Subsecretaría de Recursos Hídricos
Instituto Nacional de Ciencia y Técnicas Hídricas
Agosto 1975
Índice
Páginas
I
– Introducción
1
II
– Antecedentes
3
III
– Metodología
4
IV
– Descripción de la Cuenca – Posibles aprovechamientos
6
V
– Condiciones determinantes de la selección de alternativas
14
IV
– Análisis de las alternativas finales
19
VII
– Consideraciones sobre la implementación
24
VIII
– Apéndice – Metodología de cálculo para la distribución de caudales y habilitación de áreas de riego
25
I – Introducción
Este documento presenta un conjunto de alternativas mutuamente excluyentes de distribución de caudales del Río Colorado, para su consideración a nivel político.
Estas alternativas han sido elaboradas mediante el trabajo conjunto de técnicos provinciales y nacionales. Dichos técnicos han realizado un gran esfuerzo para resolver todos los aspectos de su incumbencia, de manera de circunscribir en lo posible los aspectos a ser resueltos a nivel político, a decisiones que revisten esencialmente ese carácter. Se ha llegado así a definir 9 alternativas mutuamente excluyentes cuya elección dependerá de la ponderación a nivel político de factores claramente identificados.
El documento contiene además una breve reseña de los antecedentes del trabajo y de la metodología empleada, una descripción de los principales aprovechamientos posibles de la cuenca, y un detalle de las consideraciones principales que determinaron la elección de las nueve alternativas. Se incluyen además consideraciones sobre el control de la distribución de caudales y sobre el desarrollo temporal, y el financiamiento de las obras.
La presentación es intencionalmente breve, puesto que intenta puntualizar los aspectos fundamentales del problema. Un mayor detalle puede encontrase en los informes mencionados en el capítulo II, adjuntos a este documento.
II – Antecedentes
Por resolución 163/1969 del 25 de Agosto de 1969, el Ministerio del Interior creó una comisión para el estudio y proposición de bases para la distribución de las aguas del Río Colorado, en la que participaron representantes de las provincias de Buenos Aires, La Pampa, Mendoza, del Neuquén y Río Negro.
La comisión sesionó entre el 4 de Septiembre y el 27 de Noviembre del mismo año, suscribiéndose a su término, el acta n. 4, en la que se establecieron las bases de un acuerdo para definir un Plan único de Habilitación de Áreas de Riego y Distribución de Caudales.
Las conclusiones del acta n. 4 fueron propuestas, a su vez, a la Quinta Conferencia de Gobernadores del Río Colorado, celebrada el 4 de Diciembre de 1969.
En el acuerdo concertado en la mencionada reunión se aceptaron las bases establecidas enPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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