Mis documentos    Documentos Relacionados   

07/08/2003

LEY 23200

CONVENIOS INTERNACIONALES

GUATEMALA

COMERCIO EXTERIOR

Convenio Comercial con Guatemala. Aprobación

sanc. 26/6/1985; promul. 18/7/1985; publ. 25/7/1985

El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso sancionan con fuerza de ley:

Art. 1.– Apruébase el convenio comercial entre el Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República de Guatemala, suscripto en Buenos Aires, el 7 de octubre de 1982, cuyo texto forma parte de la presente ley.

Art. 2.– Comuní­quese al Poder Ejecutivo.

Pugliese – Martí­nez – Bravo – Macris

Anexo

CONVENIO COMERCIAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPúBLICA ARGENTINA Y EL GOBIERNO DE LA REPúBLICA DE GUATEMALA

El Gobierno de la República Argentina y el Gobierno de la República de Guatemala, que en lo sucesivo se designarán como las partes contratantes;

Deseosos de fortalecer las relaciones amistosas e incrementar las relaciones económicas y comerciales entre ambos paí­ses en base a la igualdad y beneficio mutuo;

Han convenido lo siguiente:

Art. 1.– Las partes contratantes se esforzarán en propiciar e incrementar el comercio entre sus paí­ses en forma compatible con sus relaciones amistosas y de conformidad con los términos del presente convenio y de su legislación y regulaciones vigentes.

Art. 2.– Las partes contratantes convienen en otorgarse recí­procamente el trato incondicional de Nación más favorecida en todo lo concerniente a derechos arancelarios y sus recargos, derechos consulares y derechos e impuestos de cualquier clase que puedan ser aplicados con motivo de la exportación, importación, venta, compra, transporte, circulación, distribución y utilización de productos naturales y/o manufacturados originarios y procedentes del territorio de la otra parte contratante.

Art. 3.– Exceptúase de lo dispuesto en el art. 2 las ventajas o franquicias que hayan otorgado u otorguen en el futuro las partes contratantes con motivo de integración, establecimiento de zonas de libre comercio o las que se deriven de acuerdos de tráfico fronterizo.

En lo que respecta a la República de Guatemala, la excepción anterior se hace extensiva a las concesiones que esa Nación ha acordado o que en adelante acordará a la República de Panamá, en virtud del Tratado de Libre Comercio y de Intercambio Preferencial entre dichos paí­ses de fecha 20 de junio de 1974.

Art. 4.– Las partes contratantes convienen en facilitar, dentro de las facultades que normalmente ejercen en la materia, la exportación e importación de las mercaderí­as que se describirán en un protocolo adicional que se concertará con posterioridad, el cual y sus eventuales modificaciones constituirán anexos al convenio.

Asimismo, las partes contratantes podrán otorgarse preferencias arancelarias siempre que las mismas se establezcan de conformidad con los acuerdos de integración regional a los cuales pertenezcan.

Art. 5.– Todos los pagos que se realicen al amparo de las disposiciones del presente convenio se efectuarán en moneda de libre convertibilidad.

Art. 6.– Las partes contratantes promoverán la elaboración de contratos entre las personas fí­sicas y jurí­dicas de la República Argentina y de la República de Guatemala, sobre la base de precios vigentes en mercados internacionales representativos y/o en condiciones de entrega, pago y precio que se establezca en cada contrato.

Art. 7.– Ambas partes contratantes convienen en que los productos exportados por uno y otro paí­s no podrán ser reexportados a un tercero sin la previa autorización de la parte exportadora.

Art. 8.– Las partes contratantes se comprometen a aplicar y/o adoptar las medidas necesarias en sus respectivos territorios para proteger los productos naturales y/o manufacturados originados en el territorio de la otra parte contratante contra cualquier forma de competencia desleal.

Asimismo, las partes contratantes se comprometen a facilitar de acuerdo con sus respectivas leyes y regulaciones, el registro, renovación o transferencia a través de sus correspondientes departamentos gubernamentales, de patentes, marcas, nombres comerciales y signos similares que protejan los productos originarios de cualquiera de las partes contratantes.

Art. 9.– Para facilitar el cumplimiento y desarrollo del presente convenio las partes contratantes acuerdan la formación de una Comisión Mixta Argentino-guatemalteca de Cooperación Económica e Intercambio Comercial que se reunirá alternativamente en Buenos Aires y Guatemala, bianualmente o cada vez que las partes contratantes lo consideren oportuno.

Esta comisión podrá, entre otros temas:

A) Proponer a las partes contratantes el protocolo referido en el art. 4 de este convenio y sus posteriores modificaciones.

B) Analizar el intercambio comercial entre ambos paí­ses y adoptar las recomendaciones, procedimientos y sugerencias necesarias para promover dicho intercambio.

C) Resolver todas las dificultades que puedan surgir en el proceso de ejecución del convenio.

Art. 10.– Cada parte contratante propiciará la participación en las ferias y exposiciones internacionales que se celebren en el territorio de la otra parte contratante. De conformidad con sus leyes nacionales, permitirá el establecimiento en sus respectivos territorios de ferias, exposiciones, centros comerciales permanentes y transitorios, y facilitará el otorgamiento de permisos y autorizaciones para el desplazamiento de los representantes técnicos y consultores que intervengan en esas actividades.

Art. 11.– Cada parte contratante permitirá el ingreso y salida de muestras y productos sin valor comercial y de los bienes preparados para su presentación en ferias y exposiciones realizadas en los respectivos territorios de acuerdo con las leyes y regulaciones vigentes en cada paí­s.

Art. 12.– Las partes contratantes se comprometen a realizar sus mayores esfuerzos y a adoptar las medidas necesarias para fortalecer y desarrollar la cooperación económica y técnica entre ambos paí­ses de acuerdo con la legislación de cada uno de ellos.

Art. 13.– Las partes contratantes convienen que los contratos suscriptos al amparo del presente convenio tendrán la vigencia que se fije en cada uno de ellos.

Art. 14.– Este convenio entrará en vigor, en la fecha en que se efectúe el canje de los instrumentos de ratificación.

El protocolo adicional y sus eventuales modificaciones se formalizarán por medio de un canje de notas diplomáticas y entrarán en vigor en la fecha de la respectiva nota de respuesta.

Art. 15.– El presente convenio tendrá validez de tres años a partir de su entrada en vigor y se prorrogará automáticamente por perí­odos anuales a menos que una de las partes contratantes comunique a la otra, con una antelación de seis meses, su deseo de denunciarlo.

La vigencia del protocolo adicional y la de sus eventuales modificaciones no podrá exceder del término de validez del convenio.

Hecho en la Ciudad de Buenos Aires, capital de la República Argentina, a los siete dí­as del mes de octubre de mil novecientos ochenta y dos, en dos ejemplares originales en idioma español, igualmente auténticos.

[/soshsc]Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.

HASTA 3 CUOTAS SIN INTERÉS 15% DE DESCUENTO CON QR Y TRANSFERENCIA

Plan Básico

Consulte online  más de 65.000 documentos jurídicos, Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.

Jurisprudencia: 40.000 fallos a texto completo  del orden Nacional y Provincial emanados de los distintos tribunales del país.

Legislación: más de 20.000 normas Nacionales y Provinciales, Leyes, Decretos, Resoluciones.

Modelos de Escritos: 5.000 modelos referidos a una gran cantidad de temas. Contratos, Cartas Documento, Demandas, Contestaciones, Oficios, Recursos, etc.

Tendrá acceso ilimitado a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado.

Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a todos los contenidos disponibles del plan.

Mensual Plan Básico
$12900 por mes
* Precio mensual por usuario con tarjeta de crédito o tarjeta de débito, con renovación mensual, sin límite de permanencia.
más de 65.000 documentos jurídicos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
 
 
Semestral Plan Básico
$28980 30% de ahorro
único pago por 6 meses
más de 65.000 documentos jurídicos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés
15% Off con transferencia
Anual Plan Básico
$29700 - $25245 con transferencia PROMO 50% OFF
único pago por 12 meses
más de 65.000 documentos jurídicos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés
15% Off con transferencia

Plan Premium

Acceso ilimitado a más de 1.000.000 de documentos jurídicos actualizados diariamente. Incluye Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.

Incluye fallos de tribunales nacionales, federales, provinciales y de la CABA. Sumarios y textos completos. Legislación nacional y provincial. Acceso completo a más de 5400 modelos de escritos, oficios, contratos, demandas, contestaciones, recursos, cartas documento, notificaciones prejudiciales y judiciales.

Buscadores integrados con facilidad y simplicidad en sus búsquedas: Búsqueda simple, avanzada, por voces y por tribunal.

Acceso a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado. Sin pagos mensuales ni renovación automática para los Planes semestral y anual.

Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a los nuevos documentos que se cargan diariamente en el sitio web.

Tendrá toda la información jurídica actualizada que necesita diariamente para el ejercicio profesional.

Mensual Plan Premium
$15900 por mes
✓1.000.000 documentos disponibles
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 1 mes
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
*Precio mensual por usuario con tarjeta de crédito o tarjeta de débito, con renovación mensual, sin límite de permanencia.
Semestral Plan Premium
$41580 30% de ahorro
✓1.000.000 documentos disponibles
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 6 mes
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés
Anual Plan Premium
$59400 50% de ahorro
✓1.000.000 documentos disponibles
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 12 mes
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés

Luego de realizado el pago, recibirá un correo electrónico con su nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.

Formas de Pago: Puede abonar su compra mediante Tarjeta de Crédito, Débito o en cualquier sucursal de PagoFacil y/o RapiPago, como así también obtener los datos necesarios para realizar una Transferencia Electrónica o Depósito Bancario.


Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *