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SUMARIO:
ACTOR: X
DEMANDADO: X
MONTO: Indeterminado
MATERIA: Filiación
DOCUMENTACIí–N ACOMPAÑADA: DNI de la actora, Certificado de nacimiento,
capturas de pantalla, constancias AFIP
Señor/a Juez/a:
X DNI X, con domicilio real en calle X N° de la ciudad de X, con el patrocinio letrado X
Tomo X Folio X Colegio de Abogados de X, Monotributista C.U.I.T e Ingresos Brutos X,
legajo previsional X, constituyendo domicilio procesal en calle X N° X de la Ciudad de
La Plata, y electrónico en X, a V. S. me presento y digo:
I. OBJETO
Que en este acto y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 570 y siguientes del
Código Civil y Comercial, promuevo demanda por reclamación de la filiación
extramatrimonial contra X, X, con domicilio real en X, de la localidad de X.
II. HECHOS
III. LEGITIMACIÓN ACTIVA
En mi carácter de reclamante de filiación respecto al aquí­ demandado, es que soy
legitimada activa para entablar la presente acción de emplazamiento a los fines de
resguardar, asegurar, y que se reconozca mi derecho a la identidad.
Lo dicho, en conformidad con el ARTICULO 582 del CCCN, en cuanto regula que «el
hijo puede reclamar su filiación matrimonial contra sus progenitores si no resulta de
la inscripción en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas. La acción
debe entablarse contra los cónyuges conjuntamente. El hijo también puede reclamar
su filiación extramatrimonial contra quienes considere sus progenitores».
IV. LEGITIMACIÓN PASIVA
El Sr. X es legitimado pasivo, entendiendo que es contra él que se inicia la presente. Es
asimismo que surge lo dicho conforme el anteriormente citado Artí­culo 582 CCCN.
V. COMPETENCIA
Entiendo que VS es competente a entender en la presente acción, siendo esta una
acción personal, encuadrada dentro de lo normado por el Art. 5 Inc.3 del CPCCBA.
VI. PRUEBA
VI.1 DOCUMENTAL:
1) Certificado de nacimiento.
2) Capturas de pantalla de la aplicación Whatsapp donde figura en las
conversaciones que el aquí­ demandado se refiera hacia mi como «hija».
3) Constancia de inscripción en AFIP como trabajador autónomo del demandado.
4) Certificación negativa de ANSES de la actora.
VI.2 PERICIAL MÉDICA:
Conforme lo admite el artí­culo 579 del Código Civil y Comercial de la Nación («Prueba
genética. En las acciones de filiación se admiten toda clase de pruebas, incluidas las
genéticas, que pueden ser decretadas de oficio o a petición de parte») ofrezco la prueba
pericial de análisis de ADN y para el caso de que esta prueba no diere resultado
satisfactorio en cuanto al í­ndice de inclusión de paternidad del demandado, dejo
ofrecida, en subsidio, la prueba que considere conducente y por el profesional que V.
S. indique o determine en carácter de perito único de oficio.
A este respecto, cabe destacar que la ley 23.511 de creación del Banco Nacional de
Datos Genéticos, prescribe en su art. 4º que cuando fuere necesario determinar la
filiación de una persona y la pretensión apareciese verosí­mil o razonable, la
negativa a someterse a los exámenes y análisis necesarios constituirá indicio
contrario a la posición sustentada por el renuente. Esto significa por lo tanto, una
obligación dada por la ley a manifestar la voluntad, por lo que es una excepción al
principio de que el silencio no implica una manifestación de la voluntad de artí­culo
263 del Código Civil y Comercial, cuyo texto expresa: «El silencio opuesto a actos o a
una interrogación no es considerado como una manifestación de voluntad conforme al
acto o la interrogación, excepto en los casos en que haya un deber de expedirse
que puede resultar de la ley, de la voluntad de las partes, de los usos y prácticas, o
de una relación entre el silencio actual y las declaraciones precedentes.»
VI.3. INFORMATIVA: A los fines establecidos en la presente, solicito se libre oficio a
los siguientes organismos:
1. AFIP, a los fines de que se sirva informar sobre la facturación emitida por el
demandado en los periodos desde JUNIO DE 2017 A JUNIO DE
2020 de forma tal de poder determinar el monto correspondiente tanto a los
alimentos provisorios como a los alimentos devengados.

  1. ANSES, a los fines de que se sirva informar sobre la situación laboral de la
    actora (si existe o no registración laboral en relación de dependencia o
    actividad registrada por cuenta propia).

  2. Registro de Estado Civil y capacidad de las personas de la Provincia de
    Buenos Aires, a los fines de que se expida sobre la veracidad de la partida de
    nacimiento de la actora para el supuesto de que la misma sea desconocida por
    el demandado.

VI. 4 CONFESIONAL:
Solicito se cite al demandado a absolver posiciones a tenor del pliego que
oportunamente se acompañará.
VI.5 TESTIMONIAL:
Ofrezco como testigos a los siguientes:
I) X, DNI X, domicilio X, La Plata.
II) X, DNI X, domicilio X, Ensenada
III) X, DNI X, domicilio X, La Plata.
VII. DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DE LA FALTA DE RECONOCIMIENTO.
DAÑOS DERIVADOS
Conforme lo establece el Art. 587 del CCCN, los daños derivados de la falta de
reconocimiento son reparables en el supuesto de cumplirse los requisitos previstos en
el tí­tulo correspondiente a la Responsabilidad civil en tanto son fuente de las
obligaciones.
A tales efectos, es claro que los requisitos se encuentran cubiertos por las razones que
a continuación me dispongo a desarrollar.

  1. ANTIJURIDICIDAD
  2. NEXO / RELACIÓN DE CAUSALIDAD
  3. FACTOR DE ATRIBUCIÓN
  4. DAÑO
    Daño Moral:
    Daño Material:

VIII. ALIMENTOS. ALIMENTOS PROVISORIOS
En base a lo dictaminado por el CCCN Art. 537 inc. a), 541, 542, 544, 552, y 586,
solicito a VS tenga a bien ordenar la imposición de la obligación alimentaria en cabeza
del demandado, la cual deberá determinarse de acuerdo a lo resultante del informe
solicitado en el apartado de prueba pertinente de la prueba informativa.
A tales fines, manifiesto que el demandado se desempeña como trabajador autónomo
figurando como responsable inscripto en el IVA y en el impuesto a las Ganancias. Todo
ello conforme lo indica la constancia de inscripción que acompaño.
Es así­ que dicha medida es procedente, dado que cuando se solicitan alimentos
provisorios, no se exige, por lo general, la demostración sumaria de la verosimilitud
en el derecho ni el peligro en la demora, sino acreditar «la comprobación de las
circunstancias descriptivas en la ley de fondo como requisitos para su concesión»
Es así­ que conforme lo que dicta el Art. 586 del CCCN, me encuentro legitimada a
solicitar los aquí­ peticionados alimentos provisorios, dado que establece: «Durante el
proceso de reclamación de la filiación o incluso antes de su inicio, el juez puede fijar alimentos provisorios contra el presunto progenitor, de conformidad a lo establecido en
el Tí­tulo VII del Libro Segundo».
IX. ALIMENTOS DEVENGADOS
De acuerdo a lo mencionado en el apartado anterior, interpongo por la presente el
reclamo correspondiente a los alimentos devengados con plazo de dos años anteriores
a la fecha de interposición de la demanda. A los mismos, deberán abonarse los
intereses que cobra el Banco de la Pcia. de Bs. As. en sus operaciones de descuento a
30 dí­as. (Conf. ART. 552 CCCN).
A los efectos de solicitar la determinación del monto correspondiente los alimentos
devengados, me remito a lo mencionado en el apartado correspondiente a la prueba
informativa, de cuyo resultante se derivara la liquidación a presentar por esta parte.
X. DERECHO
Fundo mi petición conforme lo establecido en los artí­culos 570 , 582, 586, 587, 1710,
1716, 1717, 1724, 1749 del Código Civil y Comercial de la Nación.
XI. PLANTEO DE CASO FEDERAL
Que ante el improbable caso de una resolución adversa a mi petición, hago reserva del
caso federal mediante recurso extraordinario por ante la Corte Suprema de Justicia de
la Nación conforme la Ley 48 Art. 14, atento que las normas jurí­dicas cuya
constitucionalidad se cuestiona lesionan derechos y principios de raigambre
constitucional tales como mi defensa en juicio (Art. 18 CN), como así­ también las
partes pertinentes de la Convención de los Derechos del Niño, siendo
correspondientes entre otros, el art. 27 inc 4 (obligación de los Estados parte para
asegurar el pago de la pensión alimenticia).
XII. AUTORIZACIONES
Autorizo al Sr. X, DNI X, a sacar copias, retirar en préstamo, tomar vista del
expediente, y toda diligencia conducente para el impulso del proceso.
XIII. PETITORIO
Por todo lo expuesto de V. S. solicito:
1. Me tenga por presentada, parte en el carácter invocado y por constituido el
domicilio indicado.
2. Tenga por promovida la acción de reclamación de la filiación extramatrimonial
contra el demandado, disponiendo correr el traslado de ella, bajo apercibimiento de
ley.
3. Tenga presente la prueba acompañada y ofrecida
4. Oportunamente haga lugar a la demanda declarando que X es hija del demandado,
con expresa imposición de costas a la demandada.
5. En caso de ser favorable, se inscriba la eventual sentencia en el Registro de Estado
Civil y Capacidad de las Personas.
Proveer de conformidad,
Será Justicia

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