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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARIA DE TRABAJO
Resolución Nº 455/2012
Registros Nº 376/2012 y Nº 377/2012
Bs. As., 9/4/2012
VISTO el Expediente Nº 1.413.536/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SMATA) y la empresa AGRALE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, en su carácter de signatarias del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1053/09 «E» pactaron especificaciones relativas a la actividad y categoría de los trabajadores comprendidos en dicho Convenio Colectivo de Trabajo según surge de fojas 107, condiciones salariales conforme lo previsto en el artículo 23 obrante a fojas 133, incorporaron modificaciones en los artículos 26, inciso b, 43 y 45 del mismo, según surge de fojas 136, 155 y 157, respectivamente, del Expediente Nº 1.413.536/10.
Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican a fojas 156/160 y 161 el instrumento citado.
Que el ámbito de aplicación de lo pactado se corresponde con la actividad de la empresa signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.
Que de la lectura de las cláusulas pactadas no surge contradicción con la normativa laboral vigente.
Que a fojas 104/158 del Expediente Nº 1.413.536/10, obra el Texto Ordenado del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 1053/09 «E» con las modificaciones detalladas precedentemente y las previstas en el Acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 2018 de fecha 27 de diciembre de 2010, registrado bajo el Nº 1917/10.
Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.
Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que una vez dictado el presente acto, deberán girarse las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de base promedio y tope indemnizatorio para dar cumplimiento a lo prescrito en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.
Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.
Por ello,
LA SECRETARIA DE TRABAJO
RESUELVE:
ARTICULO 1º — Declárase homologado como Acuerdo lo pactado por el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SMATA) y la empresa AGRALE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, a fojas 107, 133, 136, 155 y 157 del Expediente Nº 1.413.536/10.
ARTICULO 2º — Apruébase el Texto Ordenado del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1053/09 «E» celebrado entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SMATA) y la empresa AGRALE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 104/158 del Expediente Nº 1.413.536/10.
ARTICULO 3º — Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre como acuerdo lo homologado por el artículo 1º de la presente. Asimismo tome razón del Texto Ordenado del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1053/09 «E» aprobado por el artículo precedente.
ARTICULO 4º — Remítase copia debidamente autenticada de la presente Resolución al Departamento Biblioteca para su difusión.
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