Mis documentos    Documentos Relacionados   

LEY 20

LEY 20.091

LEY DE ENTIDADES DE SEGUROS Y SU CONTROL

Buenos Aires, 11 de enero de 1973

Excelentí­simo Señor Presidente de la Nación:

Tenemos el honor de elevar a la consideración del Primer Magistrado un proyecto de ley de entidades de seguros y su control, destinado a sustituir el régimen legal de superintendencia de seguros actualmente vigente.

El proyecto que se propicia tiene como antecedente el que la Comisión Asesora, Consultiva y Revisora de la Ley General de Seguros (Decreto 5.495/59) preparara entre 1959 y 1961, juntamente con el profesor doctor Isaac Halperí­n, redactor de un anteproyecto confeccionado por encargo del Poder Ejecutivo Nacional, y en cuya elaboración participaron personas de la mayor jerarquí­a cientí­fica en la materia en representación del Poder Judicial, Superintendencia de Seguros de la Nación, Instituto Nacional de Reaseguros, Federación Argentina de Colegios de Abogados, Facultades de Derecho y Ciencias Sociales de Buenos Aires y Córdoba, Facultad de Ciencias Económicas de Buenos Aires, Asociación Argentina de Compañí­as de Seguros, Asociación de Aseguradores Extranjeros en la Argentina y Asociación Argentina de Cooperativas y Mutualidades de Seguros.

También cabe citar como antecedente, el proyecto que preparara en 1967 la comisión integrada por los profesores doctores Rodolfo O. Fontanarrosa, Guillermo Michelson, Juan Carlos Félix Morandi y Gervasio R. Colombres.

El texto que se eleva a la consideración de V.E. es el resultado de una detenida y meditada labor, y si bien coincide en términos generales con los elaborados en 1961 y 1967, recoge los ajustes que la actualización de éstos reclamaba como indispensables.

El proyecto comprende, además del régimen de las entidades de seguros, lo relacionado con el control que el Estado ejerce sobre ellas a través de su organismo especí­fico, la Superintendencia de Seguros de la Nación, y en este aspecto viene a completar la etapa que se iniciara en 1967 con la sanción de la Ley 17.418 sobre contrato de seguro.

Si bien el proyecto quedará incorporado a la legislación vigente después de varios años de dictada la Ley 17.418, tiende a formar con ella un todo orgánico y a lograr la expresión de una concepción unitaria del seguro, que influye necesariamente en las relaciones privadas de los contratantes y en el funcionamiento de las entidades y en el control estatal de éstas.

Se materializa así­ el criterio unificador que fue constante preocupación de quienes intervinieron en ese largo proceso de reforma que arranca en 1959, y que ha sido materia de particular análisis por parte de nuestros más prestigiosos tratadistas.

Por último, cabe señalar que del proyecto elaborado se han excluido todas las cuestiones referentes a problemas de polí­tica aseguradora, como son los atinentes a tratamiento de las compañí­as argentinas y extranjeras, protección de los denominados «riesgos argentinos» y régimen del Instituto Nacional de Reaseguros, que por considerarse materias ajenas a la regulación especí­fica de las entidades aseguradoras y su control, se ha estimado conveniente diferir para una etapa posterior.

El proyecto que se eleva a la consideración V.E. encuadra en las Polí­ticas Nacionales números 3, 54 y 90, aprobadas por Decreto 46/70 de la Junta de Comandantes en Jefe.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

Gervasio R. Colombres

LEY Nº 20.091

Buenos Aires, 11 de enero de 1973

En uso de las atribuciones conferidas por el artí­culo 5º del Estatuto de la Revolución Argentina,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY

DE LOS ASEGURADORES Y SU CONTROL

CAPITULO I

De los aseguradores

SECCION I

Ámbito de aplicación

Actividades comprendidas

ARTICULO 1º. El ejercicio de la actividad aseguradora y reaseguradora en cualquier lugar del territorio de la Nación, está sometido al régimen de la presente ley y al control de la autoridad creada por ella.

Alcance de la expresión seguro

Cuando en esta ley se hace referencia al seguro, se entiende comprendida cualquier forma o modalidad de la actividad aseguradora. Está incluido también el reaseguro, en tanto no resulte afectado el régimen legal de reaseguro en vigencia.

Sección II

Entidades autorizables.

Entes que pueden operar.

ARTICULO 2º.- Sólo pueden realizar operaciones de seguros:

a) Las sociedades anónimas, cooperativas y de seguros mutuos;

b) Las sucursales o agencias de sociedades extranjeras de los tipos indicados en el inciso anterior;

c) Los organismos y entes oficiales o mixtos, nacionales, provinciales o municipales.

Autorización previa.

La existencia o la creación de las sociedades, sucursales o agencias, organismos o entes indicados en este artí­culo, no los habilita para operar en seguros hasta ser autorizados por la autoridadPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.

HASTA 3 CUOTAS SIN INTERÉS 15% DE DESCUENTO CON QR Y TRANSFERENCIA

Plan Básico

Consulte online  más de 65.000 documentos jurídicos, Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.

Jurisprudencia: 40.000 fallos a texto completo  del orden Nacional y Provincial emanados de los distintos tribunales del país.

Legislación: más de 20.000 normas Nacionales y Provinciales, Leyes, Decretos, Resoluciones.

Modelos de Escritos: 5.000 modelos referidos a una gran cantidad de temas. Contratos, Cartas Documento, Demandas, Contestaciones, Oficios, Recursos, etc.

Tendrá acceso ilimitado a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado.

Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a todos los contenidos disponibles del plan.

Mensual Plan Básico
$12900 por mes
* Precio mensual por usuario con tarjeta de crédito o tarjeta de débito, con renovación mensual, sin límite de permanencia.
más de 65.000 documentos jurídicos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
 
 
Semestral Plan Básico
$28980 30% de ahorro
único pago por 6 meses
más de 65.000 documentos jurídicos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés
15% Off con transferencia
Anual Plan Básico
$29700 - $25245 con transferencia PROMO 50% OFF
único pago por 12 meses
más de 65.000 documentos jurídicos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés
15% Off con transferencia

Plan Premium

Acceso ilimitado a más de 1.000.000 de documentos jurídicos actualizados diariamente. Incluye Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.

Incluye fallos de tribunales nacionales, federales, provinciales y de la CABA. Sumarios y textos completos. Legislación nacional y provincial. Acceso completo a más de 5400 modelos de escritos, oficios, contratos, demandas, contestaciones, recursos, cartas documento, notificaciones prejudiciales y judiciales.

Buscadores integrados con facilidad y simplicidad en sus búsquedas: Búsqueda simple, avanzada, por voces y por tribunal.

Acceso a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado. Sin pagos mensuales ni renovación automática para los Planes semestral y anual.

Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a los nuevos documentos que se cargan diariamente en el sitio web.

Tendrá toda la información jurídica actualizada que necesita diariamente para el ejercicio profesional.

Mensual Plan Premium
$15900 por mes
✓1.000.000 documentos disponibles
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 1 mes
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
*Precio mensual por usuario con tarjeta de crédito o tarjeta de débito, con renovación mensual, sin límite de permanencia.
Semestral Plan Premium
$41580 30% de ahorro
✓1.000.000 documentos disponibles
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 6 mes
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés
Anual Plan Premium
$59400 50% de ahorro
✓1.000.000 documentos disponibles
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 12 mes
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés

Luego de realizado el pago, recibirá un correo electrónico con su nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.

Formas de Pago: Puede abonar su compra mediante Tarjeta de Crédito, Débito o en cualquier sucursal de PagoFacil y/o RapiPago, como así también obtener los datos necesarios para realizar una Transferencia Electrónica o Depósito Bancario.


Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *