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JURISPRUDENCIAExpresión libre
Se confirma el rechazo de la demanda por daños y perjuicios pues, en virtud de la libertad de expresión y con el debido respeto a la honra y dignidad de los involucrados, el GCBA, en su carácter de funcionario público, dio cumplimiento a su deber de informar a la sociedad con lo cual cualquier desborde o inexactitud sobre la información no corresponde atribuirlos a una conducta abusiva o arbitraria del gobierno demandado.
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 17 días del mes de julio de dos mil quince, se reúnen en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para conocer en los recursos de apelación interpuestos por la parte actora a fs. 917 (concedido a fs. 918) contra la sentencia de primera instancia obrante a fs. 904/908 vta. y la regulación de honorarios allí dispuesta. Asimismo, la demandada apeló por baja las regulación de honorarios respecto de su representación letrada (fs. 915). Ello en los autos «F. J. A. C/ GCBA S/ DAÑOS Y PERJUICIOS (EXCEPTO RESP. MÉDICA).» Expte Nº 36901/0-, y, habiéndose practicado el sorteo pertinente, resulta que debe observarse el siguiente orden: Fabiana H. Schafrik de Nuñez, Fernando E. Juan Lima y Mariana Díaz.
A la cuestión planteada la jueza Fabiana H. Schafrik de Nuñez dijo:
I. A fs. 904/908 vta., el magistrado de grado dictó sentencia y rechazó la demanda con costas. Para decidir de ese modo luego de analizar la normativa aplicable, entendió que «la conferencia de prensa no configuró una injerencia arbitraria o abusiva en la vida privada del Sr. F.. Nótese que en todo momento, tanto el entonces Ministro P. como el Jefe de Gobierno, cuando mencionaron al actor lo hicieron con la prevención de que había sido separado del cargo para facilitar la actuación de la justicia y no porque aquel, necesariamente, fuera culpable o estuviese involucrado directamente en el caso que se denunciaba» (fs. 908).
Al mismo tiempo, indicó que «muy distinto es cómo los medios difundieron la noticia -cuya responsabilidad no es objeto de tratamiento en esta causa-, y en cualquier desborde o inexactitud sobre la información, de acuerdoPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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