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JURISPRUDENCIALiquidación de la sociedad conyugal. Deudas y recompensas. Art. 1306 del Código Civil. Art. 480 del Código Civil y Comercial de la Nación
Se rechaza el recurso de inconstitucionalidad deducido contra la sentencia que determinó la adjudicación de los bienes y las compensaciones debidas entre los ex cónyuges por las deudas contraídas durante la vigencia de aquélla y hasta el día de notificación de la demanda de divorcio.
San Salvador de Jujuy, 21 de junio de 2016.
El doctor Jenefes dijo:
La Sala II del Tribunal de Familia resolvió hacer lugar a la demanda de Liquidación de la Sociedad Conyugal incoada por A. B. B. en contra del Sr. D. M. D. la T.
Dispuso la adjudicación en partes iguales de los siguientes bienes y valores inmuebles individualizados como: un departamento sito en Avda. Fascio N° … de esta ciudad individualizado como Cir. 1, Secc. 1, Parcela 14A, Manzana 76, Padrón …, Matrícula N° … y b) Un lote ubicado en Barrio AMPUAP de Bajo La Viña, individualizado como Lo te 11, Manzana 110, Padrón …, Matrícula N°… ; Automotor marca Peugeot 205 CTI Modelo 1994, Dominio …, Muebles que se individualizan en la Pericia de fs. 259 y vta. y dinero en efectivo embargado y depositado en Expte. B56.388/00 en concepto de diferencias de haberes reconocidos a la Sra. A. B. B., por lo que se le reconoce la existencia de un crédito del 50% a favor del demandado Sr. D. M. D. la T.
Rechazó el reclamo efectuado por el demandado respecto de lo percibido por la actora en el Expte. N° A90.724/94, caratulado «Quiebra Sanatorio Jujuy S.A.»
Determinó que las deudas impagas a la fecha del Impuesto Inmobiliario correspondientes a los inmuebles que componen el activo y del automotor deberán ser soportadas en partes iguales.
Declaró la existencia de un crédito de recompensa a favor del accionado por: a) el 50% del pago del crédito hipotecario abonado por él desde septiembre de 2000, esto es, 40 cuotas por un monto de U$S 10.621 y b) El 50% del pago del crédito prendario del Banco Quilmes, por las cuotas correspondientes a los meses de septiembre y octubre del 2000, abonadas porPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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