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JURISPRUDENCIAUniversidad pública. Toma de universidad. Docentes. Usurpación por despojo. Auto de procesamiento
Se procesa a dos docentes por los delitos de usurpación por despojo en concurso real con coacción agravada, al acreditarse que ocuparon la sede de la Universidad Nacional de Río Negro, impidieron a otros trabajadores el ingreso a la misma y amenazaron con no cesar la ocupación si no cumplimentaban sus requerimientos. Asimismo, se ordenó el desalojo del edificio del vicerrectorado de la Universidad.
Sumario:
COACCIÓN
Configuración de delito
La figura de coacción puede abandonar la escena delictiva de anuncio de un mal futuro para abordar aquella de un daño presente infringido en orden a dirigir la conducta de alguien en cierta dirección contra su propia voluntad. Así es que ya no se trata de un acto de mera enunciación con contenido perjudicial futuro e hipotético, en el cual ese acto es mera instancia de manifestación con carácter puramente traslúcido del contenido dañoso, sino de un acto de violencia actual e ilícito, opacidad del medio, para conseguir algo lícito o ilícito cierto.
Texto Completo:
General Roca, 05 de octubre de 2018.
AUTOS Y VISTOS:
La presente causa que lleva el registro número FGR 30472/2018, caratulada «N., V. Y.; N., V. Y. S/ USURPACIÓN (ART. 181 INC. 1)», de los registros de la Secretaría Penal de este Juzgado Federal de General Roca, puesta a despacho para resolver la situación procesal de N., V. Y., DNI ., argentina, nacida en Neuquén el 9/2/1989 e hija de Raúl Naffa y Mónica Prieto, veintinueve años, soltera, docente universitaria y abogada, domiciliada en calle Brasil . de esta ciudad; y N., V. Y., DNI ., argentina, nacida en Neuquén el 9/2/1989 e hija de Raúl Naffa y Mónica Prieto, veintinueve años, soltera, docente universitaria, domiciliada en calle Brasil . de esta ciudad;
CONSIDERANDO:
Introducción
La presente se inició en virtud de una denuncia realizada por Carlos Alberto Arzone, vicerrector de la sede Alto Valle y Valle Medio de la Universidad Nacional de Río Negro (UNRN) en comparecencia personal ante estos estrados el día 12 de septiembre del corriente (fs. 1/2).
Relató que en la fecha hacia las 12 hs. tomó conocimiento de que un grupo de aproximadamente veinticinco personas habían tomado la sede (del vicerrectorado, «La casona»), exclusivamente administrativa, de la institución en esta ciudad sita en calle Isidro Lobo 516, a donde a la postre se apersonó hacia las 15 hs.
Tras tomar contacto con los presentes, se anotició de que pretendían presentar un pliego con requerimientos respaldado por el colectivo denominado «Asamblea Interclaustro», negándose empero a suscribir la petición, y a plantear en forma oral sus exigencias, exigiendo una repuesta por escrito; el objetivo de la toma consistiría en exigir mayor presupuesto universitario, un edificio para la localización (sede) Cipolletti de la institución, ser convocados personalmente a los consejos universitarios, y un informe por escrito de la situación presupuestaria de la universidad y de la distribución respectiva entre las localizaciones; todo ello con carácter inmediato. Habían decidido, según le expresaron, la toma de las instalaciones con la intención de permanecer y pernoctar en el lugar; pese a las exhortaciones de las autoridades presentes con mención del cuidado debido a los documentos y bienes existentes en el edificio público, no depusieron su voluntad.
En el grupo ocupante del vicerrectorado, el edificio de que se trata, se encontraban N., V. Y. y su hermana N., V. Y., ambas docentes en la universidad, fungiendo como cabecillas (según expresión del vicerrector) del acto; los restantes eran estudiantes, y se negaron a identificarse. Hizo mención de que la semana anterior estas personas se habían acercado al parquePara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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