Mis documentos    Documentos Relacionados   

var disURL = ‘1300510/1300679/de_189_1999.htm’ ;document.write(«»);]]>

DECRETO 189/1999

PESCA

Especie merluza común. Emergencia pesquera. Declaración

del 30/12/1999; publ. 06/01/2000

Visto el expte. 800-015208/99 del Registro de la Secretarí­a de Agricultura, Ganaderí­a, Pesca y Alimentación dependiente del Ministerio de Economí­a, la ley 25109 y el decreto 591 de fecha 1 de junio de 1999, y

Considerando:

Que de acuerdo con los informes cientí­ficos proporcionados por el Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (Inidep) organismo descentralizado dependiente de la Secretarí­a de Agricultura, Ganaderí­a, Pesca y Alimentación, la especie merluza común (“Merluccius hubbsi”), presenta signos inequí­vocos de sobreexplotación, lo cual coloca al caladero en peligro de colapso.

Que atendiendo a la crí­tica situación de dicho recurso y al impacto económico y social que generarí­a el colapso de la pesquerí­a, se dicta con fecha 2 de junio de 1999, la ley 25109 que declara la emergencia pesquera para la especie merluza común (“Merluccius hubbsi”) hasta el 31 de diciembre de 1999 en los espacios marí­timos regulados por el art. 4 de la ley 24922, suspendiendo la aplicación de todas las normas que se opongan a los términos de la ley sancionada.

Que el Poder Ejecutivo nacional, un dí­a antes de la sanción de la citada ley 25109 , dicta el decreto mencionado en el Visto, que declara también la emergencia pesquera de dicha especie, en los espacios marí­timos a que se refieren los arts. 3 y 4 de la ley 24922 hasta tanto se asignen cuotas individuales de captura conforme a lo dispuesto por el art. 27 de la ley 24922, en virtud de las atribuciones conferidas por el art. 99 inc. 3 de la Constitución Nacional.

Que la emergencia pesquera declarada por la ley 25109 vence el 31 de diciembre de 1999.

Que subsisten y se han agravado las causas que justifican dicha declaración de emergencia.

Que es necesario adoptar medidas excepcionales que corresponden a la gravedad de la emergencia.

Que la ley 24922 establece un régimen de administración desconcentrada cuya legalidad debe encuadrarse dentro del art. 99 inc. 1 de la Constitución Nacional.

Que la Dirección Nacional de Pesca y Acuicultura de la Secretarí­a de Agricultura, Ganaderí­a, Pesca y Alimentación del Ministerio de Economí­a es el organismo competente en la materia y se encuentra acéfala, sin que la normativa vigente permita la cobertura del cargo con la celeridad que esta situación exige.

Que por otra parte deben investigarse las circunstancias administrativas que han determinado o contribuido a determinar la actual situación de emergencia.

Que la Dirección General de Asuntos Jurí­dicos del Ministerio de Economí­a ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto está facultado para el dictado del presente en virtud de las facultades conferidas por el art. 99 incs. 1 y 3 de la Constitución Nacional.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina en acuerdo general de ministros decreta:

Art. 1.– Derógase el decreto 591 de fecha 1 de junio de 1999.

Art. 2.– Declárase la Emergencia Pesquera para la especie merluza común (“Merluccius hubbsi”). El Poder Ejecutivo nacional adoptará las normas que sean necesarias para regular o prohibir la pesca de dicha especie, teniendo en cuenta la preservación del recurso y, subsidiariamente, las consecuencias sociales que pudieran derivarse. Esta facultad del Poder Ejecutivo nacional podrá ejercerse por el secretario de Agricultura, Ganaderí­a, Pesca y Alimentación por resolución fundada y atendiendo a las pautas establecidas en el párrafo anterior y a las establecidas por el art. 1 de la ley 24922. La emergencia que se declara durará mientras se mantengan las causas que la motivan. El secretario de Agricultura, Ganaderí­a, Pesca y Alimentación queda facultado para declarar el cese de la emergencia. Durante la vigencia de esta emergencia pesquera, quedan suspendidas todas las normas de la ley 24922 que se opongan a las disposiciones que se dicten en su consecuencia.

Art. 3.– Declárase intervenida la Dirección Nacional de Pesca y Acuicultura de la Secretarí­a de Agricultura, Ganaderí­a, Pesca y Alimentación del Ministerio de Economí­a. Facúltase al secretario de Agricultura, Ganaderí­a, Pesca y Alimentación a designar al Interventor de la misma.

Art. 4.– Dése cuenta al Congreso de la Nación, en virtud de lo dispuesto por el art. 99 , inc. 3, de la Constitución Nacional.

Art. 5.– El presente decreto tendrá vigencia a partir de su dictado.

Art. 6.– Comuní­quese, etc.

De la Rúa – Terragno – Machinea – De Fernández Meijide – Lombardo – Gallo – Storani – Rodrí­guez Giavarini – Gil Lavedra – Flamarique – Llach – López Murphy

[/soshsc]Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.

HASTA 3 CUOTAS SIN INTERÉS 15% DE DESCUENTO CON QR Y TRANSFERENCIA

Plan Básico

Consulte online  más de 65.000 documentos jurídicos, Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.

Jurisprudencia: 40.000 fallos a texto completo  del orden Nacional y Provincial emanados de los distintos tribunales del país.

Legislación: más de 20.000 normas Nacionales y Provinciales, Leyes, Decretos, Resoluciones.

Modelos de Escritos: 5.000 modelos referidos a una gran cantidad de temas. Contratos, Cartas Documento, Demandas, Contestaciones, Oficios, Recursos, etc.

Tendrá acceso ilimitado a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado.

Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a todos los contenidos disponibles del plan.

Mensual Plan Básico
$12900 por mes
* Precio mensual por usuario con tarjeta de crédito o tarjeta de débito, con renovación mensual, sin límite de permanencia.
más de 65.000 documentos jurídicos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
 
 
Semestral Plan Básico
$28980 30% de ahorro
único pago por 6 meses
más de 65.000 documentos jurídicos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés
15% Off con transferencia
Anual Plan Básico
$29700 - $25245 con transferencia PROMO 50% OFF
único pago por 12 meses
más de 65.000 documentos jurídicos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés
15% Off con transferencia

Plan Premium

Acceso ilimitado a más de 1.000.000 de documentos jurídicos actualizados diariamente. Incluye Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.

Incluye fallos de tribunales nacionales, federales, provinciales y de la CABA. Sumarios y textos completos. Legislación nacional y provincial. Acceso completo a más de 5400 modelos de escritos, oficios, contratos, demandas, contestaciones, recursos, cartas documento, notificaciones prejudiciales y judiciales.

Buscadores integrados con facilidad y simplicidad en sus búsquedas: Búsqueda simple, avanzada, por voces y por tribunal.

Acceso a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado. Sin pagos mensuales ni renovación automática para los Planes semestral y anual.

Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a los nuevos documentos que se cargan diariamente en el sitio web.

Tendrá toda la información jurídica actualizada que necesita diariamente para el ejercicio profesional.

Mensual Plan Premium
$15900 por mes
✓1.000.000 documentos disponibles
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 1 mes
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
*Precio mensual por usuario con tarjeta de crédito o tarjeta de débito, con renovación mensual, sin límite de permanencia.
Semestral Plan Premium
$41580 30% de ahorro
✓1.000.000 documentos disponibles
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 6 mes
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés
Anual Plan Premium
$59400 50% de ahorro
✓1.000.000 documentos disponibles
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 12 mes
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés

Luego de realizado el pago, recibirá un correo electrónico con su nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.

Formas de Pago: Puede abonar su compra mediante Tarjeta de Crédito, Débito o en cualquier sucursal de PagoFacil y/o RapiPago, como así también obtener los datos necesarios para realizar una Transferencia Electrónica o Depósito Bancario.


Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *