Mis documentos    Documentos Relacionados   

var disURL = ‘1300510/1304053/de_3_1988.htm’ ;document.write(«»);]]>

DECRETO 3/1988

PROMOCIÓN INDUSTRIAL

Beneficio de diferimiento de impuestos. Garantí­as a otorgar

del 08/01/1988; publ. 19/01/1988

Visto las leyes 22021 y sus modificatorias; 22702 , 22973 y 23084 , y

Considerando:

Que es necesario establecer las clases de garantí­as que los inversionistas en empresas beneficiarias del régimen instituido por las leyes referidas deberán otorgar para preservar el crédito fiscal cuando utilicen el beneficio de diferimiento de impuestos.

Que la exigencia legal en materia de garantí­as y la carencia de normas especí­ficas referidas a la misma, requiere el dictado de disposiciones complementarias.

Que tal carencia puede afectar el crédito fiscal emergente del diferimiento al privar al Fisco de los instrumentos que permitan asegurar la recuperación de los tributos nacionales pendientes de ingreso con motivo de la franquicia.

Que a los fines de asegurar un tratamiento similar en todas las jurisdicciones, corresponde coordinar el procedimiento de consulta previa a que se refiere el art. 11 , inc. a) de la ley 22021, con el régimen de garantí­as dispuesto en la resolución 1244/1987 Ministerio de Economí­a

Que corresponde a la vez contemplar la situación de aquellos diferimientos impositivos ya acordados y aún pendientes de cancelación, disponiendo el procedimiento a efectos de su inclusión en la presente.

Que para el logro de tales fines se hace necesario adecuar el decreto 3319 del 21 de diciembre de 1979, modificado por decreto 1810 del 20 de julio de 1983, y establecer normas complementarias con el mismo objetivo.

Que la decisión a adoptar por el Poder Ejecutivo nacional encuentra su fundamento en las atribuciones conferidas por el art. 86 , inc. 2, de la Constitución Nacional.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Incorpórase al decreto 3319 del 21 de diciembre de 1979, modificado por el decreto 1810 del 20 de julio de 1983, los siguientes artí­culos:

Art. s/n.- A los efectos de la consulta previa y determinación de garantí­as a que se refiere el art. 11 , inc. a), párr. 3 de la ley 22021 y sus modificaciones, se consideran cumplidas las mismas cuando la autoridad de aplicación, para preservar el crédito fiscal, exprese en el acto de otorgamiento de beneficios del régimen promocional a la empresa, las garantí­as que deberán otorgar los inversionistas de la misma a la Dirección General Impositiva.

a) Prenda.

b) Hipoteca.

c) Aval proveniente de entidades financieras privadas regidas por la ley 21526 y sus modificaciones.

d) Fianza.

e) Caución de acciones, si estuviera expresamente contemplado en la norma de creación del régimen de promoción.

En caso de que la autoridad de aplicación, opte por otra especie de garantí­a no contemplada deberá cumplimentar el requisito de consulta previa antes del acto administrativo particular que otorga los beneficios. La Dirección General Impositiva deberá expedirse dentro de los treinta (30) dí­as de haberse efectuado la consulta. Superado ese término se considerará configurado el requisito de consulta previa.

Art. s/n.- A los efectos de la constitución de la garantí­a la autoridad de aplicación comunicará a la Dirección General Impositiva el acto administrativo por el cual se otorgaron los beneficios para inversionistas.

Art. s/n.- Para el goce del beneficio de diferimiento los inversionistas de empresas promocionadas deberán ajustarse a lo establecido en lo dispuesto en los arts. 2 y 3 de la resolución 1244/1987 Ministerio de Economí­a

Art. 2.– Para todos los actos que otorgaron franquicias de diferimientos impositivos, en virtud de la ley 22021 y sus modificaciones, dictados hasta la fecha de sanción del presente decreto, se considerará cumplimentado el requisito de consulta previa y que las especies de garantí­a determinadas son las establecidas en el art. 1 del presente decreto.

Los beneficiarios de diferimientos impositivos comprendidos en las disposiciones de este artí­culo deberán regularizar su situación, a los efectos de la constitución de garantí­as, conforme lo dispuesto por el art. 4 de la resolución 1244/1987 Ministerio de Economí­a

Art. 3.– El incumplimiento a las disposiciones del régimen de garantí­as establecido en el presente decreto dará lugar a las sanciones previstas en la ley 22021 y sus modificaciones, sin perjuicio de las que pudieran corresponder por aplicación de la ley 11683 (t.o. en 1978 y sus modificaciones).

Art. 4.– Comuní­quese, etc.

Alfonsí­n – Sourrouille – Brodersohn

[/soshsc]Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.

HASTA 3 CUOTAS SIN INTERÉS 15% DE DESCUENTO CON QR Y TRANSFERENCIA

Plan Básico

Consulte online  más de 65.000 documentos jurídicos, Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.

Jurisprudencia: 40.000 fallos a texto completo  del orden Nacional y Provincial emanados de los distintos tribunales del país.

Legislación: más de 20.000 normas Nacionales y Provinciales, Leyes, Decretos, Resoluciones.

Modelos de Escritos: 5.000 modelos referidos a una gran cantidad de temas. Contratos, Cartas Documento, Demandas, Contestaciones, Oficios, Recursos, etc.

Tendrá acceso ilimitado a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado.

Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a todos los contenidos disponibles del plan.

Mensual Plan Básico
$12900 por mes
* Precio mensual por usuario con tarjeta de crédito o tarjeta de débito, con renovación mensual, sin límite de permanencia.
más de 65.000 documentos jurídicos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
 
 
Semestral Plan Básico
$28980 30% de ahorro
único pago por 6 meses
más de 65.000 documentos jurídicos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés
15% Off con transferencia
Anual Plan Básico
$29700 - $25245 con transferencia PROMO 50% OFF
único pago por 12 meses
más de 65.000 documentos jurídicos
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés
15% Off con transferencia

Plan Premium

Acceso ilimitado a más de 1.000.000 de documentos jurídicos actualizados diariamente. Incluye Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.

Incluye fallos de tribunales nacionales, federales, provinciales y de la CABA. Sumarios y textos completos. Legislación nacional y provincial. Acceso completo a más de 5400 modelos de escritos, oficios, contratos, demandas, contestaciones, recursos, cartas documento, notificaciones prejudiciales y judiciales.

Buscadores integrados con facilidad y simplicidad en sus búsquedas: Búsqueda simple, avanzada, por voces y por tribunal.

Acceso a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado. Sin pagos mensuales ni renovación automática para los Planes semestral y anual.

Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a los nuevos documentos que se cargan diariamente en el sitio web.

Tendrá toda la información jurídica actualizada que necesita diariamente para el ejercicio profesional.

Mensual Plan Premium
$15900 por mes
✓1.000.000 documentos disponibles
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 1 mes
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
*Precio mensual por usuario con tarjeta de crédito o tarjeta de débito, con renovación mensual, sin límite de permanencia.
Semestral Plan Premium
$41580 30% de ahorro
✓1.000.000 documentos disponibles
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 6 mes
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés
Anual Plan Premium
$59400 50% de ahorro
✓1.000.000 documentos disponibles
✓Acceso ilimitado a todos los documentos por 12 mes
✓ Legislación
✓ Jurisprudencia
✓ Modelos de escritos
3 cuotas sin interés

Luego de realizado el pago, recibirá un correo electrónico con su nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.

Formas de Pago: Puede abonar su compra mediante Tarjeta de Crédito, Débito o en cualquier sucursal de PagoFacil y/o RapiPago, como así también obtener los datos necesarios para realizar una Transferencia Electrónica o Depósito Bancario.


Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *