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Decreto 624/2003
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de la citada Jurisdicción.
Bs.As., 21/8/2003
VISTO el Decreto N° 78 de 10 enero de 2002, el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y modificatorios, el Decreto N° 715 del 30 de abril de 2002 y modificatorios, el Decreto N° 2628 de fecha 19 de diciembre de 2002, el Decreto N° 141 de fecha 4 de junio de 2003, el Decreto N° 152 del 5 junio de 2003, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto N° 78/02 y modificatorios se aprobó la estructura organizativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por el Decreto N° 357/02 y modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, y los objetivos de las Unidades Organizativas determinadas en dicho organigrama.
Que por el Decreto N° 715/02 y modificatorios se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION oportunamente en jurisdicción de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que el Decreto N° 141/03 incorporó, entre otras, a la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS las competencias relativas a la formulación, ejecución y control de las políticas de comunicación social y de medios de comunicación social, así como de la difusión de la actividad del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que las características y complejidad de las competencias asignadas a la SECRETARIA DE MEDIOS DE COMUNICACION de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ameritan la creación de la SUBSECRETARIA DE GESTION DE MEDIOS en la órbita de la citada Secretaría.
Que el cargo correspondiente a la referida Subsecretaría se encuentra financiado por la Ley N° 25.725.
Que a través del Decreto N° 152/03 se aprobó el organigrama de aplicación y los Objetivos de las Secretarías y Subsecretarías de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que en virtud de todo lo expuesto resulta necesario adecuar la organización de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de acuerdo a las nuevas competencias asumidas por ésta.
Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1° — Sustitúyese del Anexo I al artículo 1° del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, —Organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional— el Apartado XII correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que como planilla anexa al presente artículo se acompaña.
ARTICULO 2° — Sustitúyese del Anexo II, al Artículo 2° del Decreto N° 357/02 y sus modificatorios, —Objetivos—, el Apartado XII correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, los que quedarán redactados de conformidad con el detalle obrante en la planilla que como anexo al presente artículo, forma parte integrante de la presente medida.
ARTICULO 3° — Establécese que el Cuerpo de Administradores Gubernamentales creado por Decreto N° 2098/87 dependerá del Jefe de Gabinete de Ministros.
ARTICULO 4° — Aclárase que la SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA ejercerá todas aquellas facultades que le fueran oportunamente atribuidas por diferentes normas a la ex SECRETARIA DE GABINETE Y MODERNIZACION DEL ESTADO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en lo referente a los temas de su competencia.
ARTICULO 5° — Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de acuerdo con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones, los que como Anexos I y II forman parte integrantePara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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