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LEY 20170
CINEMATOGRAFÍA
Fomento y regulación de la actividad. Modificación
sanc. 21/2/1973; promul. 21/2/1973; publ. 26/2/1973
Excelentísimo presidente de la Nación:
Tengo el agrado de dirigirme a vuestra excelencia a fin de someter a su consideración el adjunto proyecto de ley, modificatorio de la ley 17741 , de fomento y regulación de la actividad cinematográfica.
La experiencia recogida en su aplicación y la evolución de las circunstancias que la habían motivado, hacen necesaria su adaptación a la situación actual.
El régimen de subsidio al cine de largometraje, no ha producido resultados que pueden satisfacer totalmente. Si bien las películas nacionales, en valores promedios han obtenido en boletería un rendimiento muy superior a las extranjeras, no se ha diversificado la temática, ni fomentado la capacidad creadora, en la medida que reclama el necesario desarrollo de la cinematografía argentina.
La ayuda económica del Estado a la producción de películas no sólo deben servir para mantener las fuentes de trabajo, sino para fomentar la elaboración de mensajes que contengan relevantes valores morales, sociales, educativos o nacionales, como así también, jerarquía artística.
Para lograr plenamente estos objetivos, se incorporan normas que perfeccionan la inclusión de las películas en la categoría de interés especial recibiendo una mayor ayuda económica que las que no lo son. Asimismo, el nuevo sistema de producción por coparticipación permitirá realizaciones que, encuadradas en los objetivos señalados, no se puedan llevar a cabo por ausencia de suficientes empresarios que encaren tales producciones.
La consecución de estos objetivos en materia cinematográfica, debe llevarse a cabo sin lesionar otros intereses de la Nación, que el Estado también debe proteger. En consecuencia, se establece que las películas que encuadran en tal supuesto quedan excluidas de los beneficios de fomento. Previsiones semejantes se encuentran incorporadas en la legislación comparada consultada.
La clasificación de las películas de largometraje a los efectos del subsidio en la categoría de interés especial o sin él, se realizará como en el presente,Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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