Mis documentos Documentos Relacionados
DECRETO 377/1998
COMBUSTIBLES
MINERÍA
Combustible especial para minería. Definición. Productos gravados por el impuesto a los comestibles
del 3/4/1998; publ. 8/4/1998
Visto el expediente 0-000018/97 del registro del Ministerio de Economía Y Obras y Servicios Públicos, y
Considerando:
Que algunas empresas mineras que operan en la zona de la Puna Argentina, debido a las condiciones climáticas y geográficas imperantes en el área, no pueden utilizar para la producción de energía y las operaciones industriales otro combustible diferente del elaborado especialmente para esas condiciones.
Que el citado combustible denominado de ahora en más combustible especial para minería es por su uso un reemplazante natural del fuel oil, por lo que a los fines impositivos debe ser categorizado como fuel oil.
Que algunas de las especificaciones físico-químicas del combustible especial para minería se asemejan a las del diesel oil y otras a las del gas oil, por lo cual podría eventualmente servir para adulterar a estos últimos, si no se realiza un adecuado control.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas al Poder Ejecutivo nacional por el art. 99 incs. 1 y 2 de la Constitución Nacional.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– Aclárase que el combustible especial para minería no integra la nómina de productos gravados por el impuesto a los combustibles líquidos que establece el tít. I, cap. II, art. 3 , inc. c), de la ley 24698, modificatoria de la ley 23966 .
Art. 2.– El combustible especial para minería se define por las siguientes características:
“Combustible especial para minería: Toda mezcla de hidrocarburos intermedios para ser quemado en calderas o plantas de energía térmica y/o grandes motores diesel estacionarios, para ser utilizado en aplicaciones mineras donde la baja temperatura limita el uso de destilados más pesados”.
Art. 3.– El combustible especial para minería, a los fines de la aplicación de la ley 23966 y sus modifs., tendrá un tratamiento impositivo igual al del fuel oil, prohibiéndose la utilización del mismo en cualquier uso que no fuera la producción de energía y las operaciones industriales que las empresas mineras desarrollan a gran altitud sobre el nivel del mar.
Art. 4.– Delégase en la Secretaría de Energía dependiente del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos la realización del control volumétrico del combustible vendido.
Art. 5.– Comuníquese, etc.
Menem – Rodríguez – Fernández
[/soshsc]Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
HASTA 3 CUOTAS SIN INTERÉS 15% DE DESCUENTO CON QR Y TRANSFERENCIA
Plan Básico
Consulte online más de 65.000 documentos jurídicos, Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Jurisprudencia: 40.000 fallos a texto completo del orden Nacional y Provincial emanados de los distintos tribunales del país.
Legislación: más de 20.000 normas Nacionales y Provinciales, Leyes, Decretos, Resoluciones.
Modelos de Escritos: 5.000 modelos referidos a una gran cantidad de temas. Contratos, Cartas Documento, Demandas, Contestaciones, Oficios, Recursos, etc.
Tendrá acceso ilimitado a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a todos los contenidos disponibles del plan.
Plan Premium
Acceso ilimitado a más de 1.000.000 de documentos jurídicos actualizados diariamente. Incluye Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Incluye fallos de tribunales nacionales, federales, provinciales y de la CABA. Sumarios y textos completos. Legislación nacional y provincial. Acceso completo a más de 5400 modelos de escritos, oficios, contratos, demandas, contestaciones, recursos, cartas documento, notificaciones prejudiciales y judiciales.
Buscadores integrados con facilidad y simplicidad en sus búsquedas: Búsqueda simple, avanzada, por voces y por tribunal.
Acceso a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado. Sin pagos mensuales ni renovación automática para los Planes semestral y anual.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a los nuevos documentos que se cargan diariamente en el sitio web.
Tendrá toda la información jurídica actualizada que necesita diariamente para el ejercicio profesional.
Luego de realizado el pago, recibirá un correo electrónico con su nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.
Formas de Pago: Puede abonar su compra mediante Tarjeta de Crédito, Débito o en cualquier sucursal de PagoFacil y/o RapiPago, como así también obtener los datos necesarios para realizar una Transferencia Electrónica o Depósito Bancario.


