Mis documentos Documentos Relacionados
LEY 18345 (T.O. por Decreto 106/1998)
PROCEDIMIENTO LABORAL
Justicia Nacional del Trabajo. Organización y Procedimiento. Texto ordenado por decreto 106/1998
T.O. Decreto 106/1998 del 26/01/1998; publ. 30/01/1998; Ley 18345 sanc. 12/09/1969; promul. 12/09/1969; publ. 24/09/1969
LEY DE ORGANIZACIÓN Y PROCEDIMIENTO DE LA JUSTICIA NACIONAL DEL TRABAJO
TÍTULO I:
ORGANIZACIÓN
CAPÍTULO I:
JUECES DE PRIMERA INSTANCIA Y CÁMARA DE APELACIONES
Art. 1.– Organización. La Justicia Nacional del Trabajo de la Capital Federal estará organizada de acuerdo con las disposiciones de esta ley. Se ejercerá por los jueces nacionales de primera instancia del trabajo y la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
Art. 2.– Requisitos para magistrados y funcionarios. Para ser designado juez de primera instancia o juez de la Cámara de Apelaciones, será necesario reunir los requisitos exigidos por la Ley de Organización de la Justicia Nacional para todos los jueces nacionales.
Art. 3.– Jueces de primera instancia. El número de jueces de primera instancia será el que determine la ley. Cada juzgado tendrá un secretario que deberá reunir las condiciones exigidas por la Ley de Organización de la Justicia Nacional.
Art. 4.– Cámara de Apelaciones. La Cámara de Apelaciones estará integrada por el número de jueces que determine la ley; actuarán en salas de tres (3) miembros cada una, y en pleno cuando así correspondiere.
La Cámara tendrá un secretario general, un prosecretario general y un secretario para cada sala, quienes deberán reunir las condiciones exigidas por la Ley de Organización de la Justicia Nacional.
Art. 5.– Designación, remoción, incompatibilidades, garantías y sanciones. Para la designación y remoción de los magistrados de la Justicia Nacional del Trabajo se procederá en la misma forma que para los demás magistrados de la justicia nacional. Las incompatibilidades, garantías y sanciones de los magistrados se regirán por las disposiciones de la Ley de Organización de la Justicia Nacional y el Reglamento para la Justicia Nacional. Esa ley y dicho reglamento se aplicarán también respecto de los funcionarios y empleados del fuero.
Art. 6.– Superintendencia. La Cámara de Apelaciones ejercerá la superintendencia directa sobre los magistrados, funcionarios y empleados y sobre el Ministerio Público.
Art. 7.– Reemplazo de jueces y secretarios. En los casos de recusación, excusación, licencia u otro impedimento, los jueces se reemplazarán recíprocamente en la forma que establezca la Cámara. Las salas de la Cámara se integrarán en los casos que así procediere, en la forma dispuesta en la Ley de Organización de la Justicia Nacional.
El reemplazo de los secretarios se hará en la forma que reglamente la Cámara.
CAPÍTULO II: (Capítulo derogado por ley 24946, art.76)
MINISTERIO PúBLICO DEL TRABAJO
Art. 8.– (Derogado por ley 24946, art. 76 )
Art. 8.- (Texto según decreto ordenador 106/1998 ) Integración del Ministerio Público. El Ministerio Público del Trabajo estará integrado por el procurador general del Trabajo, quien lo encabezará, el subprocurador general del Trabajo y los fiscales.
Art. 9.– (Derogado por ley 24946, art. 76 )
Art. 9.- (Texto según decreto ordenador 106/1998 ). Procurador general y subprocurador general. El procurador general del Trabajo y el subprocurador general del Trabajo reunirán los requisitos exigidos por la Ley de Organización de la Justicia Nacional para los jueces de Cámara, y serán designados y removidos en la misma forma prevista para éstos.
Lo dispuesto en el art. 3 de la ley 15464 es aplicable respecto del procurador general del Trabajo y del subprocurador general del Trabajo.
Art. 10.– (Derogado por ley 24946, art. 76 )
Art. 10.- (Texto según decreto ordenador 106/1998 ). Reemplazo. El subprocurador general del Trabajo reemplazará al procurador general en casos de licencia, excusación, impedimento o vacancia. El reemplazo del subprocurador general se hará en la forma que, a propuesta del procurador general, reglamente la Cámara.
Art. 11.– (Derogado por ley 24946, art. 76 )
Art. 11.- (Texto según decreto ordenador 106/1998 ). Fiscales. Los fiscales reunirán los requisitos exigidos por la Ley de Organización de la Justicia Nacional para los jueces de primera instancia, con sólo dos (2) años de ejercicio de la profesión de abogado.
Art. 12.– (Derogado por ley 24946, art. 76 )
Art. 12.- (Texto según decreto ordenador 106/1998 ). Atribuciones del Ministerio Público. Corresponde al Ministerio Público del Trabajo en general:
a) Defender imparcialmente el orden jurídico y el interés social y preservar la aplicación de los principios y garantías constitucionales;
b) Intervenir en todo asunto judicial que interese a la persona o bienes de los menores de edad, otros incapaces o ausentes, o en que estén afectados sus derechos, y entablar en su defensa las acciones o recursos admisibles;
c) Ser parte necesaria enPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
HASTA 3 CUOTAS SIN INTERÉS 15% DE DESCUENTO CON QR Y TRANSFERENCIA
Plan Básico
Consulte online más de 65.000 documentos jurídicos, Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Jurisprudencia: 40.000 fallos a texto completo del orden Nacional y Provincial emanados de los distintos tribunales del país.
Legislación: más de 20.000 normas Nacionales y Provinciales, Leyes, Decretos, Resoluciones.
Modelos de Escritos: 5.000 modelos referidos a una gran cantidad de temas. Contratos, Cartas Documento, Demandas, Contestaciones, Oficios, Recursos, etc.
Tendrá acceso ilimitado a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a todos los contenidos disponibles del plan.
Plan Premium
Acceso ilimitado a más de 1.000.000 de documentos jurídicos actualizados diariamente. Incluye Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Incluye fallos de tribunales nacionales, federales, provinciales y de la CABA. Sumarios y textos completos. Legislación nacional y provincial. Acceso completo a más de 5400 modelos de escritos, oficios, contratos, demandas, contestaciones, recursos, cartas documento, notificaciones prejudiciales y judiciales.
Buscadores integrados con facilidad y simplicidad en sus búsquedas: Búsqueda simple, avanzada, por voces y por tribunal.
Acceso a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado. Sin pagos mensuales ni renovación automática para los Planes semestral y anual.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a los nuevos documentos que se cargan diariamente en el sitio web.
Tendrá toda la información jurídica actualizada que necesita diariamente para el ejercicio profesional.
Luego de realizado el pago, recibirá un correo electrónico con su nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.
Formas de Pago: Puede abonar su compra mediante Tarjeta de Crédito, Débito o en cualquier sucursal de PagoFacil y/o RapiPago, como así también obtener los datos necesarios para realizar una Transferencia Electrónica o Depósito Bancario.


