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MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
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Decreto 1010/95
Modifícase la estructura organizativa aprobada por Decreto N° 1492/94.
Bs. As., 7/7/95
VISTO los Decretos N° 1492 del 23 de agosto de 1994 y 1545 del 31 de agosto de 1994, y
CONSIDERANDO:
Que el citado Decreto N° 1492/94, que aprueba la estructura orgánico-funcional de la SECRETARIA DE HACIENDA, establece la reubicación de la DIRECCION DE ARQUITECTURA en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION DE BIENES de esa Secretaría.
Que tal decisión tiene por objetivo integrar a la administración de los bienes físicos del Estado las actividades de mantenimiento de los mismos.
Que, asimismo, resulta conveniente unificar la conducción de las políticas atinentes a los temas referidos.
Que es necesario jerarquizar las funciones de supervisión, control, auditoría e inspección en relación a la construcción, reciclaje, mantenimiento y conservación de inmuebles y racionalización de espacios físicos.
Que deben incorporarse las unidades organizativas que permitan la asignación de las responsabilidades correspondientes a las categorías programáticas que surgen de las funciones mencionadas.
Que, por tal motivo, debe procederse a introducir las modificaciones que resulten necesarias en la estructura organizativa de la Subsecretaría de Administración de Bienes, reformulándose su concepción organizativa, para dotarla de una mayor flexibilidad operativa que permita optimizar la eficacia, eficiencia y economía de la gestión.
Que la actualización de la estructura permitirá reorganizar los sistemas y recursos de modo de adecuar el organismo a las orientaciones y prioridades de las políticas fijadas por el Gobierno Nacional.
Que, en consecuencia, resulta necesario racionalizar la estructura de cargos a fin de adecuarla a los lineamientos citados.
Que la estructura organizativa que se aprueba por el presente decreto, no origina incrementos en la cantidad ni en el costo de los cargos financiados, como tampoco en los créditos de la Ley de Presupuesto del año 1995.
Que el Comité Ejecutivo de Contralor de la Reforma Administrativa ha tomado la intervención que le compete expidiéndose favorablemente.
Que la presente medida se dicta en Acuerdo General de Ministros, en razón de lo establecido por el Artículo 21 del Decreto N° 1545/94, y en uso de las atribuciones emergentes del inciso 1) del Artículo 99, del inciso 1) del Artículo 100 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
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