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JURISPRUDENCIAAdopción por integración
Se resuelve otorgar la adopción por integración en los términos del artículo 630 del actual Código Civil y Comercial de la Nación, pues, a diferencia de la regulación que contenía el art. 313 del Código Civil anterior que establecía que todas las adopciones serían del mismo tipo – simple o plena -, la legislación vigente es de textura abierta y mucho más permeable para dotar de contenido al principio general del mejor interés del niño.
Viedma, 3 de agosto de 2015.-
Y VISTOS: Los presentes obrados caratulados: … , Expte. Nº … , traídos a despacho para dictar sentencia, de los que;
RESULTA:
I.- Que a fs. 13/16 comparecieron los Sres. … , por medio de apoderados y promovieron formal demanda de adopción de los jóvenes … , hijos de la Sra. … y del Sr. … , a favor del Sr. … . Expusieron los hechos en los que fundan su pretensión, manifestando entre otras consideraciones, que de la relación que mantuvieron la Sra. … y el Sr. … , nacieron los niños cuya adopción se pretende y que estando embarazada del menor de ellos, por cuestiones de convivencia ella se separó y se mudó con sus hijos a la localidad de … , donde reside su familia; que en el año 2000 la actora presentó una demanda de cuota alimentaria contra el Sr. … y habiendo arribado a un acuerdo jamás lo cumplió y además se desentendió totalmente de sus hijos, no visitándolos ni preguntando por ellos, a pesar de haber estado en la localidad varias veces. Seguidamente expresaron que en el año 2001 comenzaron una relación de pareja y el Sr. … se hizo cargo de toda la familia, relacionándose con los niños como si fuera su padre biológico, siendo considerado así por ellos, ya que en ese entonces … tenía tres años y … dos; que los niños pretenden llevar el apellido de quien consideran su verdadero papá, aún sabiendo que no es su padre biológico, manifestándolo así en distintos ámbitos de su vida. Fundaron en derecho, acompañaron prueba documental, ofrecieron la restante y concretaron su petitorio.-
II.- Que a fs. 17 se dio curso a la acción iniciada. Seguidamente, se produjeron las pruebas solicitadas y cumplidas que fueron, a fs. 73 y fs. 79, dictaminaron el Sr. Agente Fiscal y la Sra. Defensora de Menores e Incapaces, respectivamente, quienes no tuvieronPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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