Mis documentos Documentos Relacionados
JURISPRUDENCIADaños y perjuicios. Transporte de pasajeros. Cuantificación
Se cuantifican las partidas indemnizatorias otorgadas al actor a raíz de las lesiones sufridas mientras era transportado por la demandada.
En la ciudad de San Justo, Provincia de Buenos Aires, a los 20 días del mes de agosto de 2019 , reunidos en la Sala de Acuerdos del Tribunal, los señores jueces de la Excelentísima Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, Sala Segunda, del Departamento Judicial La Matanza; doctores Carlos Alberto Vitale y Luis Armando Rodríguez; para dictar sentencia en los autos caratulados «YEDRO CESAR ALBERTO C/ NUEVO IDEAL S.A. S/ DAÑOS Y PERJUICIOS*», habiéndose practicado el sorteo pertinente – artículos 168 de la Constitución y 263 del Código Procesal Civil y Comercial, ambos de la Provincia de Buenos Aires resultó que debía observarse este orden: doctor Rodríguez y doctor Vitale; resolviéndose plantear y votar las siguientes:
CUESTIONES
Primera Cuestión: ¿Es justa la sentencia recurrida?
Segunda Cuestión: ¿Qué pronunciamiento corresponde dictar?
VOTACION
A la primera cuestión, el doctor Rodríguez dijo:
I Antecedentes
Vienen los autos a conocimiento de este Tribunal con motivo de los Recursos interpuestos por presentaciones electrónicas del 24/1/2019 por la Actora, y de fecha 7/2/2019 por la Demandada y Citada en Garantía, ellos contra la sentencia definitiva de fojas 430/39 que en lo pertinente hizo lugar parcialmente a la demanda interpuesta, condenando a Transportes Ideal San Justo a abonar a Cesar Alberto Yedro la cantidad de quinientos cuarenta y dos mil doscientos pesos ($ 542.200), haciendo extensiva la condena a la Aseguradora Citada en Garantía Mutual Rivadavia de Seguros de Transporte Público de Pasajeros conforme los límites de la cobertura contratada, imponiendo las costas a los vencidos y difiriendo las regulaciones de honorarios para el momento procesal oportuno.
Para así decidir, el Anterior Magistrado a la luz de las normas de responsabilidad objetiva del artículo 184 del Código de Comercio, y las pertinentes leyes de Defensa del Consumidor, indicó «…Para eximirse de responsabilidad el transportador, debe probar la culpa de la víctima en la producción del percance, sin que haya mediado culpa alguna de su parte. (…) Dicho ello, cabe señalar que la carga de la prueba incumbe a quien afirma la existencia de un hecho controvertido; es decir, que el principio dispositivo ritual, pone en cabeza de los litigantes la carga de probar los presupuestos que invocan como fundamento de su pretensión, defensa o excepción…» Y, luego de analizar las probanzas producidas en autos, indicó el señor Magistrado «…En consecuencia, tengo plena convicción que los hechos sucedieron como lo enunció la actora en su postulado liminar. (…) Sentado ello, se desprende de las presentes actuaciones el escaso esfuerzo probatorio efectuado por la demandada y la citada en garantía, quienes no pudieron desvirtuar la mecánica del hecho, romper el nexo de causalidad, ni probar la inexistencia del contrato de transporte…»
Sobre ese piso de marcha, estableció el juez las indemnizaciones por cada uno de los conceptos reclamados, las que estimó en las siguientes sumas: Por Incapacidad Sobreviniente por Daño Físico ciento treinta y cuatro mil cuatrocientos pesos -$134.400; por Daño Psíquico ciento treinta y dos mil pesos ($132.000), por Tratamiento Psicológico veinte mil ochocientos pesos ($20.800), por Daño Moral «…teniendo en consideración los padecimientos espirituales que le ocasionaron al actor el accidente y cicatriz existente en el codo derecho de Yedro, por la cual recibiera seis puntos de sutura, encuentro adecuado, basándome en los antecedentes arriba desarrollados, otorgar por este concepto la suma de doscientos cincuenta y tres mil doscientos -$253.200…», y por Gastos de Atención Médica y Medicamentos dos mil pesos -$2.000.
A ello adunó que oportunamente deberá aditarse «…los intereses calculados de acuerdo a la tasa pasiva más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a treinta (30) días, vigente al inicio de cada uno de los períodos comprendidos y, por aquellos días que no alcancen a cubrir el lapso señalado, el cálculo sea diario con igual tasa, desde la fecha del hecho dañoso hasta el día de su efectivo pago. (arts. 622 y 623 del Código Civil; 7 y 768, inc. «c» del Código Civil y Comercial; 7 y 10, ley 23.928 y modif.)
Una vez llegados los autos a esta Alzada, se decretó la competencia de esta Sala II conforme providencia de Presidencia del 12 de marzo de 2019. Se hizo saber la integración de la Sala, la que adquirió firmeza para los intervinientes y cada una de las partes presentó los agravios en sustento de sus recursos.
De manera liminar loPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
HASTA 3 CUOTAS SIN INTERÉS 15% DE DESCUENTO CON QR Y TRANSFERENCIA
Plan Básico
Consulte online más de 65.000 documentos jurídicos, Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Jurisprudencia: 40.000 fallos a texto completo del orden Nacional y Provincial emanados de los distintos tribunales del país.
Legislación: más de 20.000 normas Nacionales y Provinciales, Leyes, Decretos, Resoluciones.
Modelos de Escritos: 5.000 modelos referidos a una gran cantidad de temas. Contratos, Cartas Documento, Demandas, Contestaciones, Oficios, Recursos, etc.
Tendrá acceso ilimitado a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a todos los contenidos disponibles del plan.
Plan Premium
Acceso ilimitado a más de 1.000.000 de documentos jurídicos actualizados diariamente. Incluye Legislación, Jurisprudencia y Modelos de Escritos.
Incluye fallos de tribunales nacionales, federales, provinciales y de la CABA. Sumarios y textos completos. Legislación nacional y provincial. Acceso completo a más de 5400 modelos de escritos, oficios, contratos, demandas, contestaciones, recursos, cartas documento, notificaciones prejudiciales y judiciales.
Buscadores integrados con facilidad y simplicidad en sus búsquedas: Búsqueda simple, avanzada, por voces y por tribunal.
Acceso a todos los documentos y a sus actualizaciones según el plan contratado. Sin pagos mensuales ni renovación automática para los Planes semestral y anual.
Con su nombre de usuario y contraseña podrá acceder a los nuevos documentos que se cargan diariamente en el sitio web.
Tendrá toda la información jurídica actualizada que necesita diariamente para el ejercicio profesional.
Luego de realizado el pago, recibirá un correo electrónico con su nombre de usuario y contraseña para acceder al sistema.
Formas de Pago: Puede abonar su compra mediante Tarjeta de Crédito, Débito o en cualquier sucursal de PagoFacil y/o RapiPago, como así también obtener los datos necesarios para realizar una Transferencia Electrónica o Depósito Bancario.


