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JURISPRUDENCIAProcedimiento penal. Rechazo de la suspensión del juicio a prueba. Recurso extraordinario federal
Se declara la nulidad de lo actuado por el Tribunal de Impugnación, confirmando la decisión del Juez de Garantías mediante la cual se le otorgó al encartado la suspensión del juicio a prueba, pues en base a esa competencia no delegada a la Nación, nuestro Código Procesal actual prevé no solo los casos en los que procede la suspensión del juicio a prueba, sino que también regula cuáles y de qué modo se pueden impugnar los pronunciamientos judiciales atinentes a este tema.
En la ciudad de Neuquén, capital de la Provincia del mismo nombre, al primer día del mes de febrero del año dos mil dieciocho, se reúne en Acuerdo la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia, integrada por la Dra. MARÍA SOLEDAD GENNARI y el Dr. OSCAR E. MASSEI, junto al señor Presidente del Cuerpo, Dr. ALFREDO ELOSú LARUMBE, con la intervención del titular de la Secretaría Penal, Dr. Andrés C. Triemstra, para dictar sentencia en los autos caratulados: «G. P. J. C. S/ HOMICIDIO CULPOSO» (Legajo MPFJU 21003/2017).
ANTECEDENTES: I.- El Juez de Garantías de la localidad de San Martín de los Andes, Dr. Juan Pablo Balderrama, le otorgó al imputado J. C. G. P. la suspensión del proceso a prueba, bajo las condiciones que constan en el acta de fs. 1/2.
Dicha decisión fue impugnada por el Ministerio Público Fiscal, quien se había opuesto a dicho otorgamiento (cfr. fs. 3/6 vta.).
El Tribunal de Impugnación, conformado al efecto con los Dres. Andrés Repetto, Richard Trincheri y Daniel Varessio, mediante resolución de fecha 27/09/2017, revocó la decisión del magistrado de grado y ordenó continuar con el trámite del proceso (cfr. fs. 7/10).
Contra este último fallo el letrado defensor que asiste al imputado G. P., Dr. Juan José Prado, dedujo el Control Extraordinario que concita la atención de esta Sala (cfr. fs. 12/19).
Por los dos últimos carriles del artículo 248 del Rito local, di cho Defensor planteó los siguientes motivos de agravio:Para continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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