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DECRETO 1190/1992

RELACIONES EXTERIORES

MINISTERIOS

Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto. Estructura organizativa. Modificación

del 10/7/1992; publ. 20/7/1992

Visto el decreto 488 del 24 de marzo de 1992, y

Considerando:

Que por la norma citada en primer término se aprobó la organización del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Que es necesario modificar la organización del ministerio mencionado, determinando las secretarí­as y subsecretarí­as que, con su accionar, coadyuven al logro de los objetivos propuestos para la citada cartera como así­ también establecer, hasta tanto se aprueben las estructuras organizativas de las áreas citadas, su organización funcional.

Que el Comité Ejecutivo de Contralor de la Reforma Administrativa ha tomado la intervención que le compete expidiéndose favorablemente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades previstas por el art. 86 , inc. 1, de la Constitución Nacional y el art. 8 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992).

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Modifí­case el art. 1 del decreto 479/1990, y sus modificatorios, en la parte correspondiente al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, el que quedará conformado tal como se detalla a continuación:

“Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto”.

I. Secretarí­a general y de coordinación.

“Subsecretarí­a de Relaciones Institucionales”.

II. Secretarí­a de Relaciones Exteriores y Asuntos Latinoamericanos.

“Subsecretarí­a de Polí­tica para Europa, América del Norte, África, Asia, Oceaní­a, organismos internacionales y temas especiales”.

“Subsecretarí­a de Polí­tica Latinoamericana”.

III. Secretarí­a de Relaciones Económicas Internacionales.

“Subsecretarí­a de Negociaciones Económicas Internacionales.

Subsecretarí­a de Integración Económica Americana.

Subsecretarí­a de Relaciones Comerciales Internacionales”.

IV. Secretarí­a de Culto.

“Subsecretarí­a de Culto”.

V. Subsecretarí­a Técnica.

VI. Subsecretarí­a de Administración y Presupuesto.

Art. 2.– Apruébase con carácter provisional los objetivos de las secretarí­as y subsecretarí­as mencionadas en el art. 1 del presente decreto, tal como se detalla en la planilla que, como anexo I, forma parte integrante del presente acto.

Art. 3.– Modifí­case la organización funcional, hasta el nivel de primera apertura de secretarí­a y subsecretarí­a, vigente para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto por el decreto 488/1992 , hasta tanto se apruebe la estructura organizativa correspondiente, tal como se detalla en la planilla que, como anexo II, forma parte integrante del presente acto.

Art. 4.– distribución por cargos y horas de cátedra del inc. 11 –personal– aprobada por el decreto 488/1992 , como anexo de la estructura organizativa, mantendrá su vigencia hasta tanto se adecue como consecuencia de las modificaciones estructurales derivadas del presente acto.

Art. 5.– Facúltase al ministro de Relaciones Exteriores y Culto a asignar transitoriamente, hasta tanto se apruebe la estructura organizativa definitiva, a los titulares de los cargos a los cuales se hace mención en el artí­culo precedente.

Art. 6.– El Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto elevará dentro de los sesenta (60) dí­as a partir del dictado del presente decreto, al Poder Ejecutivo nacional, el proyecto de estructura organizativa de su jurisdicción.

Art. 7.– Exceptúase al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, al solo efecto de implementar la organización funcional que se establece por el presente, de las limitaciones establecidas por el art. 18 del decreto 2043/1980, como así­ también del art. 27 del decreto 435/1990 y sus modificatorios, sustituido por el art. 5 de su similar 1887/1991.

Art. 8.– El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos previstos para tal fin en la jurisdicción presupuestaria afectada.

Art. 9.– Comuní­quese, etc.

Menem – Di Tella – Cavallo

Anexo I

SECRETARÍA GENERAL Y DE COORDINACIÓN

OBJETIVOS

1. Coordinar el desarrollo de las actividades de las distintas áreas de trabajo de la jurisdicción.

2. Proponer al ministro de Relaciones Exteriores y Culto las alternativas para el diseño de cursos de acción de la polí­tica exterior.

3. Realizar el control de gestión a la luz de los objetivos de polí­tica exterior indicados por el ministro de Relaciones Exteriores y Culto.

4. Asistir al ministro de Relaciones Exteriores y Culto en el funcionamiento de su gabinete y su secretarí­a privada.

5. Asegurar la recepción y salida de la documentación proveniente de otras jurisdicciones ministeriales o entes descentralizados o dirigida a los mismos, recibir y despachar la documentación de particulares, efectuar el despacho y archivo de la documentación administrativa, con excepción de la notas y otra documentación de carácter interno de cada jurisdicción.

6. Llevar el despacho del ministro y efectuar el seguimiento de los trámites administrativos de la jurisdicción, cumpliendo y haciendo cumplir las normas relativas a procedimientos administrativos, y determinar la unidad o las unidades de la jurisdicción con responsabilidad primaria para entender en ellas.

7. Efectuar la coordinación de las relaciones institucionales de la jurisdicción.

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

OBJETIVOS

1. Asistir, instrumentar y efectuar la coordinación institucional entre el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y los organismos y autoridades de los distintos poderes del Estado, en el ámbito nacional, provincial o municipal, entes regionales, e instituciones intermedias.

2. Formular los planes, programas y proyectos que contribuyan al fortalecimiento de las gestiones que, en materia de polí­tica exterior, realicen las autoridades nacionales, provinciales o municipales, ya se trate de organismos centralizados o descentralizados, o instituciones intermedias y aquellos otros destinados a canalizar su participación en el diseño y ejecución de dicha polí­tica.

SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES Y ASUNTOS LATINOAMERICANOS

OBJETIVOS

1. Conducir la polí­tica exterior con todos los paí­ses y en los organismos internacionales, y coordinar con las otras secretarí­as del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto los diversos aspectos de la polí­tica exterior y su armonización en base a criterios funcionales y geográficos.

2. Formular y ejecutar las polí­ticas y los cursos de acción a seguir en los asuntos relativos a la seguridad internacional, nucleares y espaciales, los vinculados a los territorios y los espacios marí­timos bajo disputa de soberaní­a en el Atlántico Sur, los de la polí­tica exterior antártica y las cuestiones de derecho internacional.

3. Conducir la polí­tica exterior referente a cuestiones relativas al uso indebido y al tráfico ilegal de drogas y actividades conexas.

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA PARA EUROPA, AMÉRICA DEL NORTE, ÁFRICA, ASIA, OCEANÍA, ORGANISMOS INTERNACIONALES Y TEMAS ESPECIALES

OBJETIVOS

1. Realizar las gestiones internacionales, de carácter bilateral o multilateral, con los paí­ses de América del Norte, Europa, África, Asia, y Oceaní­a, relacionados con temas polí­ticos, como así­ también la identificación y la elaboración de los objetivos de polí­tica exterior y Antártida, así­ como los vinculados con las Islas Malvinas, Georgias del Sur, y Sandwich del Sur, la seguridad y los recursos de los espacios marí­timos relevantes del Atlántico Sur. Preparar, implementar y efectuar el seguimiento de las negociaciones que se realicen en los organismos internacionales, con excepción de los pertenecientes a Latinoamérica y el Caribe.

2. Realizar el análisis, planeamiento, seguimiento y evaluación permanentes de las relaciones internacionales en temas vinculados a la seguridad internacional y a los asuntos estratégicos, las relaciones exteriores en materia de defensa, las cuestiones de desarme y los asuntos nucleares y espaciales.

SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA LATINOAMERICANA

OBJETIVOS

1. Identificar y planificar las acciones y las polí­ticas necesarias para instrumentar la integración entre los paí­ses del área, así­ como también realizar y coordinar los planes y programas destinados a profundizar el desarrollo de la integración con los paí­ses latinoamericanos.

2. Programar los objetivos y formular las estrategias de negociación y planificación de las actividades ante los organismos internacionales, conferencias, congresos, reuniones o foros multilaterales en materia de desarrollo tecnológico, de uso indebido y tráfico ilí­cito de drogas y actividades conexas vinculadas con la región, coordinando su acción con las demás unidades competentes de la jurisdicción ministerial y extraministerial.

SECRETARÍA DE RELACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES

OBJETIVOS

1. Formular, desde el punto de vista de la polí­tica exterior, los cursos de acción a seguir en materia de negociaciones económicas y comerciales tanto bilaterales como multilaterales con todas las naciones con las que la República Argentina mantenga relaciones, con los organismos regionales y subregionales, propendiendo a la integración económica entre las que componen el continente americano, profundizando dicha integración con las naciones latinoamericanas y conducir la polí­tica a fin de cumplimentar lo señalado.

2. Formular y conducir la polí­tica y cursos de acción a seguir en materia de cooperación internacional, de promoción comercial, de asuntos consulares y todo lo relacionado con la formulación y desarrollo de acuerdos asociativos preferentes, de naturaleza económica, comercial y financiera, proponiendo los planes, programas y proyectos pertinentes, como así­ también los instrumentos adecuados para su ejecución.

SUBSECRETARÍA DE NEGOCIACIONES ECONÓMICAS INTERNACIONALES

OBJETIVOS

1. Ejecutar las polí­ticas y estrategias de la República en materia de negociaciones económicas y comerciales bilaterales, excluido el continente americano, y las multilaterales a través de los organismos económicos y comerciales internacionales, regionales y subregionales.

2. Impartir las directivas e instrucciones a las representaciones de la República ante Gobiernos extranjeros y organismos internacionales económicos y comerciales y a las delegaciones que participen en negociaciones económicas bilaterales y multilaterales, con exclusión de los paí­ses del continente americano.

SUBSECRETARÍA DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA AMERICANA

OBJETIVOS

1. Promover el desarrollo económico y la integración bilateral con los diferentes paí­ses de América del Norte, Central, Caribe y del Sur, y la integración económica multilateral a nivel regional y continental.

2. Concretar los objetivos prioritarios planteados en la polí­tica exterior con respecto al Mercosur y a la Iniciativa de las Américas, implementando los mecanismos de integración entre ambos proyectos.

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES COMERCIALES INTERNACIONALES

OBJETIVOS

1. Ejecutar la polí­tica comercial internacional, promoviendo la oferta de los productos y servicios nacionales a la demanda de los mercados extranjeros.

2. Elaborar las instrucciones y directivas para las representaciones de la República y delegaciones oficiales en el aspecto comercial internacional.

SECRETARÍA DE CULTO

OBJETIVOS

1. Actuar en todo lo inherente a la relación de la República con la Santa Sede y con la Soberana y Militar Orden de Malta; y en lo inherente a la conclusión de los instrumentos internacionales que se relacionen con la materia religiosa y/o culto en los que participe la República y en lo inherente a las reuniones, congresos y conferencias de carácter internacional y misiones especiales ante Gobiernos extranjeros y entidades internacionales que se relacionen con la materia religiosa y/o el culto.

2. Actuar en todo lo inherente a las relaciones del Gobierno con la Iglesia Católica Apostólica Romana, así­ como en la centralización de las gestiones que ante las autoridades públicas hicieren la Iglesia, las entidades y las personas del culto católico, especialmente en relación a asuntos episcopales y otros asuntos eclesiásticos y en el cumplimiento de las normas relativas al sostenimiento del culto católico apostólico romano, así­ como en el otorgamiento de las credenciales eclesiásticas.

3. Actuar en todo lo inherente a las relaciones del Gobierno con todas las iglesias cristianas no católicas y las demás organizaciones religiosas que funcionen en el paí­s, así­ como en la centralización de las gestiones que ante las autoridades públicas hicieren las mismas, entender en el registro de las entidades religiosas no católicas que ejerzan sus actividades en el territorio nacional y asistir al ministro de Relaciones Exteriores y Culto a efectos de garantizar la libre profesión de su culto a todos los habitantes de la Nación.

SUBSECRETARÍA DE CULTO

OBJETIVOS

1. Asistir al secretario de Culto en los asuntos atinentes a las relaciones del Estado con la Iglesia Católica Apostólica Romana, la Conferencia Episcopal Argentina, las órdenes y congregaciones religiosas exentas de jurisdicción episcopal y el cumplimiento de las normas relativas al sostenimiento del culto católico.

2. Analizar y tramitar las solicitudes de inscripción en el Registro Nacional de Cultos y su cancelación.

SUBSECRETARÍA TÉCNICA

OBJETIVOS

1. Analizar y elaborar las estructuras organizativas de su jurisdicción, administrar y controlar los recursos humanos. Organizar la ejecución de los servicios de informática, comunicaciones y de seguridad.

2. Prestar asesoramiento jurí­dico sobre aspectos especí­ficos y funcionales del ministerio, en rogatorias judiciales y pedidos de extradición con la intervención del Ministerio de Justicia, y la sustanciación de sumarios y otras investigaciones administrativas, ordenadas en la jurisdicción.

SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y PRESUPUESTO

OBJETIVOS

1. Administrar y controlar los recursos, vinculados con la gestión económica, financiera y patrimonial de la jurisdicción con arreglo a las normas legales y reglamentarias vigentes.

2. Actuar en la planificación y en las actividades relativas a los servicios de infraestructura, de mantenimiento y servicios y los demás bienes del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Anexo II

Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

(1) Dirección Nacional de Ceremonial.

(1) Instituto del Servicio Exterior de la Nación.

(1) Dirección General de Asuntos Culturales.

I. Secretarí­a General y de Coordinación.

Unidad ministro.

Subsecretarí­a de Relaciones Institucionales.

(1) Dirección de prensa.

II. Secretarí­a de Relaciones Exteriores y Asuntos Latinoamericanos.

Subsecretarí­a de Polí­tica para Europa, América del Norte, África, Asia, Oceaní­a, organismos internacionales y temas especiales.

(1) Dirección General de Polí­tica para Europa, América del Norte, África, Asia, Oceaní­a, organismos internacionales y temas especiales.

Subsecretarí­a de Polí­tica Latinoamericana.

(1) Dirección General de Polí­tica Latinoamericana.

(1) Dirección General de Derechos Humanos y de la Mujer.

(1) Consejerí­a Legal.

III. Secretarí­a de Relaciones Económicas Internacionales.

Subsecretarí­a de Negociaciones Económicas Internacionales.

(1) Dirección General de Negociaciones Económicas Internacionales.

Subsecretarí­a de Integración Económica Americana.

Dirección Nacional de Integración Económica Americana.

Subsecretarí­a de Relaciones Comerciales Internacionales.

(1) Dirección General de Promoción del Comercio Exterior.

Dirección General de Asuntos Consulares.

(1) Dirección General de Cooperación.

IV Secretarí­a de Culto.

Subsecretarí­a de Culto.

(1) Dirección General de Culto Católico.

(1) Dirección General del Registro Nacional de Cultos.

V. Subsecretarí­a técnica.

(1) Dirección General de Personal.

(1) Dirección General de Asuntos Jurí­dicos.

(1) Dirección General de Informática y Comunicaciones.

VI. Subsecretarí­a de Administración y Presupuesto.

(1) Dirección General de Administración.

(1) Estas unidades mantendrán, hasta tanto se apruebe su estructura organizativa definitiva, la Responsabilidad Primaria, Acciones y Dotación vigentes que le fueran asignadas por el decreto 488/1992 .

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