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DECRETO 1963/1988
PODER EJECUTIVO
Presidencia de la Nación. Secretaría de la Función Pública. Estructura organizativa. Modificación
del 29/12/1988; publ. 16/3/1989
Visto la estructura orgánica de la Secretaría de la Función Pública de la Presidencia de la Nación y del Instituto Nacional de la Administración Pública (administración central y descentralizada) aprobadas por los decretos 995 del 12 de agosto de 1988 y 1485 del 10 de septiembre de 1987, y
Considerando:
Que en concordancia con las pautas de redimensionamiento del aparato estatal oportunamente impartidas por el Gobierno nacional, se ha procedido a la supresión de ciertas dependencias en el área mencionada por conducto del decreto 1680 del 17 de noviembre de 1988.
Que la experiencia recogida desde la ceación de la referida secretaría y su accionar interrelacionado con el cometido específico del Instituto Nacional de la Administración Pública, ha permitido, a la par, identificar claramente los puestos de trabajo indispensables para asegurar el normal desenvolvimiento del sector.
Que asimismo la norma a sancionar debe necesariamente prever las disposiciones y contemplar la adecuada administración del Cuerpo de Administradores Gubernamentales, según los principios incluidos en el ordenamiento aprobado por el decreto 2098 del 30 de diciembre de 1987.
Que la oportunidad es propicia para compatibilizar las prescripciones vigentes en materia organizacional en la órbita de que se trata.
Que la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público se ha expedido favorablemente en los temas que hacen a sus competencia específica.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas al Poder Ejecutivo nacional por el art. 86 , inc. 1 de la Constitución Nacional.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– Sustitúyese el art. 1 del ap. II del decreto 15 del 10 de diciembre de 1983 y sus modifs. en la parte pertinente a la Presidencia de la Nación, por el siguiente:
II.
Secretaría de la Función Pública:
– Subsecretaría de Organización y Gestión.
– Subsecretaría de Sistemas de Información.
Art. 2.– Apruébase la estructura orgánico-funcional de la Secretaría de la Función Pública de la Presidencia de la Nación y del Instituto Nacional de la Administración Pública conforme el organigrama, misión y funciones, planta permanente, planta permanente y gabinete y planta de personal transitorio, que como anexos I, Ia, II, IIIa, IIIb, IIIc y IIIc.1 forman parte integrante del presente decreto.
Art. 3.– Considérase incorporada a la estructura orgánica que se aprueba para la Secretaría de la Función Pública de la Presidencia de la Nación (administración central) a la dotación del Cuerpo de Administradores Gubernamentales creado por el decreto 3687/1984 (t.o. 1985) y sus modifs., de conformidad con lo dispuesto en la planilla anexa al art. 4 del decreto 2098/1987.
Art. 4.– Modifícase la distribución por cargos y horas de cátedra aprobada por decreto 1332 del 14 de agosto de 1987 y sus modifs., para el ejercicio 1988, prórroga del correspondiente a 1987, en virtud de lo dispuesto en el art. 13 de la Ley de Contabilidad, de acuerdo con el detalle obrante como anexo IV del presente decreto.
Art. 5.– Deróganse los decretos 1485 del 10 de diciembre de 1987 y 955 del 12 de agosto de 1988, con excepción del art. 7 de este último pronunciamiento.
Art. 6.– El gasto que demande el cumplimiento de los dispuesto en este decreto, será atendido con cargo a la finalidad 1 – función 90 – jurisdicción 20 – Presidencia de la Nación – programa 001 – caráctero y a la finalidad 5 – función 90 – programa 251 – carácter 2 – O.D. 194 – jurisdicción 20 – PresidenciaPara continuar leyendo ingrese aquí para acceder a su cuenta con su nombre de usuario y contraseña.
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